Boletines/Chascomús

Decreto Nº805/22

Decreto Nº 805/22

Chascomús, 31/08/2022

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo N°4030-157976/M (Alc. 1), caratulado “Ayuda económica para gastos de Alquiler” y el Decreto 409/2022, iniciado por Equipo Técnico. RRHH; y

Considerando

Que según informa el Equipo Técnico, el otorgamiento de un subsidio contribuiría a atenuar el impacto del alquiler sobre el ingreso y sostén del grupo familiar por el término de seis meses, dando continuidad a la asistencia alimentaria y seguimiento y orientación en el marco del Programa Sumar +.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado debiendo controlarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1.- Otórguese subsidio, tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4030-457976/M (Alc. 1), para el pago de seis meses de alquiler de la vivienda ubicada en calle Maipú N° 480 de la ciudad de Chascomús, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de Pesos Ciento Ocho Mil ($108.000), a otorgarse en seis (6) cuotas iguales y consecutivas de Pesos Dieciocho Mil ($18.000) cada una, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.01.00, Partida 5.1.4. – Ayuda Sociales a Personas, Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales 11.4.09.00.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Equipo Técnico de Capital Humano, Dirección de Políticas comunitarias, Contaduría, Tesorería y beneficiario.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-

ARTÍCULO 6.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-