Boletines/Chascomús
Decreto Nº 798/22
Chascomús, 30/08/2022
MEJORAS INFORMACIÓN PATRIMONIAL
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-158280/M caratulado “Mejoras en la información de carácter patrimonial – Bienes de Uso y Créditos”, iniciado por la Secretaría de Hacienda; y
Considerando
Que, atento a la necesidad de profundizar el trabajo realizado desde el área de Patrimonio de esta Municipalidad, a partir del presente ejercicio se ha reforzado a la Dirección de Patrimonio, generándose a su vez un nuevo espacio dentro de la Secretaría de Hacienda para el funcionamiento de la misma.
Que el Programa de Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal (RAFAM) estableció un moderno sistema de administración que incluye a los bienes de uso en poder de los Municipios.
Que, vale destacar que para cumplir con el objetivo último de brindar información útil para la toma de decisiones e informar a la ciudadanía y sus representantes sobre la generación y el destino de los recursos públicos, a través de una adecuada exposición de los hechos económicos y financieros que afectan al patrimonio municipal y su capacidad para brindar servicios a la comunidad, se ha venido trabajando en la mejora de la calidad de la información presentada, siendo de suma utilidad las recomendaciones ofrecidas desde los ámbitos profesionales y el organismo de control.
Que, más allá de la presentación de la información patrimonial debidamente clasificada, es necesario procurar que la misma refleje razonablemente la situación, para lo cual en esta etapa se trabaja en los rubros del Activo No Corriente cuya estimación no ha tenido un cálculo riguroso en los sucesivos ejercicios fiscales, para lograr una aproximación a la realidad.
Que, a tal efecto, se procura contar en todo momento con información relativa a la cantidad de los bienes adquiridos o construidos que posea el Municipio, así como el valor de cada uno de ellos.
Que se debe generar información indispensable para la confección de Estados Contables que reflejen la verdadera situación patrimonial del Municipio.
Que para un correcto control es necesario se identifique claramente a los responsables de la custodia, valuación y mantenimiento de los bienes de uso de propiedad municipal.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1.- Aprúebase el Reglamento de Bienes Físicos que como Anexo I forma parte del presente decreto.-
ATICULO 2°.- Apruébense las Planillas de Movimientos Patrimoniales; Altas de Bienes Físicos; Bajas de Bienes Físicos y Declaración Jurada por extravío, robo o hurto de Patrimonio Municipal que como Anexos II, III; IV y V respectivamente forman parte del presente.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Patrimonio, Dirección de Asuntos Legales, Compras, Contaduría y a todos los Responsables de Unidades Ejecutoras.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 5.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-