Boletines/Chascomús

Decreto Nº778/22

Decreto Nº 778/22

Chascomús, 19/08/2022

RESCICION CONTRATO

Visto

El Expediente Electrónico EX-2022-00018461-CHASCOMUS-DAL#SG sobre “Situación Agente BENVENUTTO, Guillermo Fabián”; y

Considerando

Que el mencionado agente es contratado como PERSONAL TEMPORARIO, cumpliendo funciones en el área de Espacios Verdes, en la categoría obrero b” Cat. 2, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, conforme contrato N° 1418 con fecha de vencimiento el 31/10/2022.

Que al número de orden 2 obra Memorándum ME-2022-00017917-CHASCOMUS-SSPU, de fecha 17.08.22, mediante el cual desde la Secretaría de Servicios Públicos se requiere la rescisión del contrato de Planta Temporaria de acuerdo al informe realizado por el Subdirector de Espacios Verdes.                           

En virtud de ello, corresponde referir que conforme la Cláusula Cuarta del contrato celebrado entre las partes, cualquiera de ellas podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas y las que surgen del Estatuto del Empleado Municipal (Ley N° 14.656), labrándose un acta al respecto por parte del responsable del área donde preste servicios el contratado, siendo suficiente la misma a dichos fines y sin que ello genere derecho a indemnización en su favor.

Al respecto, en la causa “Villafañe”, el Cimero Tribunal provincial, con voto del Dr. Soria al que adhirió la mayoría, expresó: “La doctrina de esta Suprema Corte, por mayoría, indica que los agentes de planta temporaria -mensualizados o jornalizados- participan de un estatus de excepción, no poseyendo más derechos que los previstos, en modo expreso o razonablemente implícito, en el régimen jurídico que ha disciplinado su incorporación y desempeño en la relación de empleo (causas B. 57.741, "Iori", sent. de 18- II-2004; B. 61.215, "Zocchi", sent. de 1-III-2006; B. 57.551, "Portillo", sent. de 19-IX-2007, entre otras).

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que ante el informe negativo de sus superiores, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo para rescindir el contrato de servicio temporario (N° 1418) del agente BENVENUTTO, Guillermo Fabián, DNI N° 24.729.756, Legajo 10.537, por las consideraciones expuestas en el exordio.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Rescíndase el contrato suscripto oportunamente entre BENVENUTTO, Guillermo Fabián, DNI N° 24.729.756, Legajo 10.537, y la Municipalidad de Chascomús por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Servicios Públicos, Dirección de Espacios Verdes, Dirección de Administración de RR.HH, Liquidaciones y a BENVENUTTO, Guillermo Fabián.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTÍCULO 4.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-