Boletines/Chascomús
Decreto Nº 764/22
Chascomús, 17/08/2022
RENOVACIÓN SUBSIDIO
Visto
El Expediente Administrativo N°4030-154265/F, ALCANCE 2 caratulado: “Renovación- Subsidio para Pago de Alquiler”, el Decreto Nº 639/2021; y
Considerando
Que, en consecuencia, de lo expuesto, se suscribió nuevo Contrato de Locación –con vigencia desde el 15.07.2022 al 14.07.2025 - en el que se convino un alquiler de PESOS DIECIOCOHOL MIL QUINIENTOS ($18.500) por mes, el cual se adjunta a fs. 1/2.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado debiendo controlarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Abónese Subsidio, tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4030-154265/F ALCANCE 2, “Renovación-Subsidio para pago de alquiler” para el pago del alquiler de la vivienda ubicada en calle Prolongación Soldado Argentino N°851, Dpto. N° 2, PA, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Que el monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS CIENTO ONCE MIL ($111.000), a otorgar en cinco cuotas iguales y consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS ($18.500) cada una, correspondientes al pago de alquileres de Agosto a Diciembre del corriente año; y una cuota correspondiente a la garantía (mes de depósito) por la suma de PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS ($18.500), sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.1.4., Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Políticas Comunitarias, Secretaria de Desarrollo Social, Contaduría, Tesorería y beneficiario.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-