Boletines/Chascomús
Decreto Nº 748/22
Chascomús, 10/08/2022
ARCHIVO SUMARIO SERVICIOS PÚBLICOS ESPACIOS VERDES
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-157898/M caratulado "Sumario Administrativo Secretaría de Servicios Públicos – Robo instalación eléctrica de camiones y motoniveladora”; y
Considerando
Que a fs. 1 del expediente administrativo referido, con fecha 21.01.22 se informa sobre el faltante de la instalación eléctrica de 3 camiones, los cables de las baterías, tres machetes y la instalación eléctrica de una moto niveladora que se encontraban en el predio del Corralón Municipal.
Que se acompaña copia de denuncia policial realizada por el Sr. Toffani Jorge Amílcar que dice “Que resulta ser el encargado del Corralón Municipal sito en calle Junín entre Brown y Alfonsín, que en el día de ayer 17 de Enero de 2021 alrededor de las 15:00 hs tras finalizar el horario laboral de los empleados, dejaron estacionado adentro del predio tres camiones, que en el día de hoy 18 de Enero del 2022 06:00 hs constató que autores desconocidos habían cortado y sustraído la instalación eléctrica trasera de dichos camiones como así también los cables de las baterías, y en el interior de uno de los camiones se encontraban tres machetes de los cuales sustrajeron dos, también lograron sustraer la instalación eléctrica de una moto niveladora que se encontraba en el lugar. Que preguntado para que refiera si una vez que finalizan con su horario laboral queda alguien en el lugar, refiere que sí, que queda un cuidador por turno, que en el día de ayer a la tarde de 14:00 a 22:00 hs quedo el Sr. Ledesma Ricardo y de 22.00 a 06:00 hs el Sr. Oneto Daniel. Que preguntado para que refiera si en el lugar cuenta con cámaras de seguridad privadas refiere que sí, pero que solo se visualiza una sombra, desconoce la existencia de cámaras de seguridad pertenecientes al centro de monitoreo municipal. Que preguntado para que refiera si posee sospechas de los autores del hecho refiere que no”.
Que con fecha 10 de Marzo de 2022 se remitió a la Sra. Directora Administrativa de la Secretaria, Memorándum ME-2022-00003517-CHASCOMUS-DAL#SG donde se solicita remitir a esta Dirección copia de las filmaciones de las cámaras de seguridad como así también tomar declaración a los Sres. Ricardo Ledesma y Daniel Oneto quienes se encontraban al cuidado del predio.
Que a fs. 8 de las actuaciones administrativas se recepciona ME-2022-000044045–CHASCOMUS-DA#SOSP remitido por la Administración de Servicios Públicos que dice “Respecto de la denuncia de faltantes de instalaciones eléctricas de los vehículos y herramientas manifestadas por Jorge Toffani encargado de los vehículos de vialidad como confirma la denuncia 0001313-0021447/2022. Nunca hubo de parte del encargado o/ Director de Vialidad hacia los porteros de turno, encargo de los porteros Quiroga Sergio y quien suscribe Director de Higiene Urbana, información de lo sucedido los días 17 y 18/01/2022 en el predio del corralón, por lo que no puedo enviar declaraciones de los porteros solicitados”.
Que a fs. 14/15 obra Decreto N° 296/2022 por el cual se dispone el inicio del presente sumario administrativo.
Que a fs. 16 se instruyen las actuaciones y se procede a citar a los testigos, y requerir los informes pertinentes.
Que a fs. 20 presta declaración el Sr. Jorge Toffani, quien declara ser Jefe de Departamento de Vialidad y no resulta ser encargado del Corralón “…como puso el oficial que tomó la denuncia”, en relación a la tarea asignada responde “que se entra al predio, cada área tiene un lugar asignado. Ingresamos los camiones y maquinarias que quedan estacionados ahí.” Preguntado sobre su responsabilidad respecto de las maquinarias, equipamientos, herramientas que se hallan en el predio responde “…una vez que entramos las maquinarias o camiones queda ahí el portero, que están las 24 hs.”; que en relación a las cámaras de seguridad dice que hay 2 cámaras, “...están muy bajas ubicadas ya les he indicado de subirlas, pero no se ha modificado eso, hasta los mismos camiones las tapan”.
Que a fs. 23 con fecha 13 de Abril de 2022 presta declaración ante esta instrucción el Sr. Quiroga Sergio quien declara ser “…encargado de Conservación y Portería en el Corralón.”, que preguntado si tomó conocimiento del robo sucedido expuso “…en ningún momento me dijeron nada, los serenos no me comunicaron nada. En el cuaderno de actas no hay nada firmado de lo que paso…”, al serle requerido por qué no se le notificó responde “Vialidad nunca informa nada ni como deja los camiones ni informa este tipo de cosas”, que sobre su responsabilidad en relación a las maquinarias equipamientos y herramientas que se hallan en el predio, responde “…son mi responsabilidad, pero solo me informan respecto de las maquinarias del área conservación y recolección”; con respecto a la seguridad del predio responde que hay “…dos cámaras y luces. Las cámaras están muy bajas pero no las han levantado”.
Que a fs. 22 declara el Sr. Oneto quien resulta ser portero turno noche en el corralón, que su tarea es “…anotar quién ingresa al predio, de acuerdo a mi turno prácticamente no ingresa nadie y salir a dar una vuelta para ver qué sucede…” agregando “…no hacemos una radiografía de cada vehículo”, y que realiza dicho recorrido cada una hora. Preguntado si dichos recorridos quedan registrados en las cámaras responde “…sólo nos ven salir. Hay dos cámaras una mira a la portería y a la entrada y la otra donde se estaciona un camión ya no deja ver nada”. Preguntado cómo tomó conocimiento responde “…cuando me llevaron la notificación el día sábado”, “…y que no quedó registrado dicha faltante en el libro de novedades…”
Que a fs.24 se halla la declaración testimonial de fecha 13 de Abril de 2022 del Sr. Ledesma Ricardo que responde ser Portero del Corralón Municipal; que respeto a sus tareas “…mirar todo el predio que esté todo bien, y anotar el ingreso de los camiones de Recolección y Ramas, son como 5 camiones”, que preguntado si tienen algún sistema de control al momento de hacer el recorrido, responde “…no. Desde hace dos semanas aproximadamente hubo una nota para que anotemos en el cuaderno la recorrida al predio junto con la cerrada del portón. Ese portón lo arreglaron para que cierre y abra.”
Que el día 01 de Junio de 2022 previamente citado presta, a fs. 28, declaración testimonial el Sr. Gabriel Correa, Director de Vialidad de la Municipalidad de Chascomús; que al requerírsele cómo tomó conocimiento del robo sucedido en el predio del Corralón responde “me llamo el capataz de Vialidad Urbana Toffani Jorge", que preguntado si puede informar a esta instrucción dominio de los vehículos a los que les fue sustraído la instalación eléctrica, responde que “no recuerdo”. Que al ser interrogado sobre las acciones que dada su responsabilidad como Director lleva a cabo para evitar este tipo de situaciones, responde “…que no estoy a cargo del predio, sólo guardamos las máquinas y el predio está a cargo de otra Dirección. Los serenos siempre dependieron de la Dirección de Higiene. Los vehículos quedan todos cerrados y las llaves en un gabinete “en la piecita”.
Que con fecha 01 de junio de 2022 prestó declaración testimonial a fs. 29 ante esta Instrucción el Sr. Eduardo Marquione, Director de Higiene Urbana quien consigna al ser consultado sobre cómo tuvo conocimiento del robo refiere “…por comentarios, en ningún momento me avisaron directamente del robo”; que a la consulta sobre quién debería llamarle responde “Toffani o Gabriel Correa”. Preguntando si el predio cuenta con cámaras de seguridad responde “…sí. Hay dos. Antes las cámaras las mirábamos desde el taller, ahora ha cambiado y tenemos que pedirlas a Sistema. Así me lo informo Manzoni que es Director del taller.”
Que a fs. 32/33 se agrega copia de la resolución de archivo de la IPP 03-01-000258-22/00.
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos mediante ME-2022-11578-CHASCOMUS-SSPU de fecha 24 de Junio de 2022, informó en relación a lo solicitado oportunamente por la Instrucción que “a) En el predio donde se guardan equipos y móviles de las Direcciones de Vialidad e Higiene, hay cámaras, alambrado, control de ingreso y egreso de equipos y personal, rondín con registro e iluminación. El personal a cargo de estos controles depende de la Dirección de Higiene. c) El material fílmico del lugar se deberá solicitar a Sistemas que es quién puede bajar / guardar esta información. d) Croquis adjunto. Con respecto al punto b se solicitó a las Dirección de Higiene y Vialidad que informen sobre los dominios de vehículos involucrados.”
Que de la visualización de las cámaras surge que resulta imposible identificar a la persona que procedió a sustraer la instalación eléctrica y los cables de la baterías, declarando el Sr. Toffani quien accedió a las imágenes “…se ve un bulto chiquito … se ve un breve movimiento”, más lo resuelto por la UFI interviniente “…sin perjuicio de la labor instructora llevada a cabo, se colige que no se han podido colectar elementos que permitan determinar la identidad del autor del hecho investigado…” ha de concluirse que no es posible determinar la autoría del hecho.
Que la finalidad de la Investigación Pre-sumarial consiste en recabar toda la información a los fines de poder determinar la autoría del hecho y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder, de conformidad a lo normado por el artículo 44 de la Ley 14.656.
Que del resultado de las medidas de prueba supra referidas no puede esclarecerse el suceso de autos, siendo que el cuadro de investigación no permite vislumbrar el esclarecimiento del suceso, en idénticos términos que la IPP 03-01-000258-22/00.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Procédase al archivo del presente Expediente Administrativo N° 4030-157898/M caratulado "Sumario Administrativo Secretaría de Servicios Públicos – Robo instalación eléctrica de camiones y motoniveladora” por las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Servicios Públicos.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-