Boletines/Chascomús

Decreto Nº731/22

Decreto Nº 731/22

Chascomús, 04/08/2022

RESCISION CONTRATO

Visto

El EX-2022-00010576- -CHASCOMUS-DAL#SG caratulado “Situación Agente VERNENGO María Laura”; y

Considerando

Que la mencionada agente es contratada como PERSONAL TEMPORARIO, en el área del Hospital Municipal, como enfermera -categoría de médico asistente-, conforme contrato vigente N° 1050 con fecha de vencimiento el 30/11/2022.

Que a orden 3 obra informe DOCPE-2022-00010579-CHASCOMUS-DAL#SG, de fecha 14/06/2022, mediante el cual el departamento de Enfermería dispone “…solicitar la baja inmediata de la agente Vernengo María Laura quien se desempeña como enfermera asistencial en el hospital, actualmente en el servicio de materno infantil...”.

Que a orden 2, a través de Memorándum, ME-2022-00010568-CHASCOMUS-DAHM#SSP, se dispone que “…de acuerdo al informe negativo realizado por las jefas del servicio de maternidad - pediatría y Departamento de Enfermería detallando el mal proceder de la enfermera Vernengo María Laura legajo 10959. Viendo el mencionado informe negativo se solicita la baja inmediata de la agente…”.

En virtud de ello, corresponde referir que conforme la Cláusula Cuarta del contrato celebrado entre las partes, cualquiera de ellas podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas y las que surgen del Estatuto del Empleado Municipal (Ley N° 14.656), labrándose un acta al respecto por parte del responsable del área donde preste servicios el contratado, siendo suficiente la misma a dichos fines y sin que ello genere derecho a indemnización en su favor.

Al respecto, en la causa “Villafañe”, el Cimero Tribunal provincial, con voto del Dr. Soria al que adhirió la mayoría, expresó: “La doctrina de esta Suprema Corte, por mayoría, indica que los agentes de planta temporaria -mensualizados o jornalizados- participan de un estatus de excepción, no poseyendo más derechos que los previstos, en modo expreso o razonablemente implícito, en el régimen jurídico que ha disciplinado su incorporación y desempeño en la relación de empleo (causas B. 57.741, "Iori", sent. de 18- II-2004; B. 61.215, "Zocchi", sent. de 1-III-2006; B. 57.551, "Portillo", sent. de 19-IX-2007, entre otras)”.

Que en consecuencia la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que ante el informe negativo emitido por sus superiores, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo para rescindir el contrato de servicio temporario de la agente VERNENGO, María Laura, DNI 17.245.291, legajo N° 10959 por las consideraciones expuestas en el exordio.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Rescíndase el contrato suscripto oportunamente entre la Sra. VERNENGO, María Laura, DNI 17245291, Legajo N° 10.959 y la Municipalidad de Chascomús por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Salud Pública, Hospital Municipal, Dirección de Capital Humano, Liquidaciones y a VERNENGO, María Laura.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario  de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).- 

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-