Boletines/Chascomús
Decreto Nº 717/22
Chascomús, 01/08/2022
BONIFICACIÓN VALORES GUARDIAS MÉDICAS
Visto
Los Decretos 273/22, 348, 349, 350, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358 y 359 del corriente año, que establecen los valores de guardias activas, pasivas y de reemplazos para el año 2022; y
Considerando
Que, en el mes de Febrero del presente año, se logró un acuerdo paritario del 53,17% acumulado desde el 01/01/2021 al 31/12/2021.
Que la inflación acumulada al mes de Junio de 2022 ascendió al 36,2 %.
Que desde hace un tiempo los equipos de Gobierno, Hacienda y Recursos Humanos se encuentran trabajando junto a los directores y mandos medios municipales, con el objetivo de mejorar la realidad de los empleados municipales.
Que, en reuniones mantenidas con los representantes sindicales, el Departamento Ejecutivo manifestó la necesidad de adelantar la revisión del acuerdo pautada para fines del primer semestre previsto en el acuerdo firmado en el mes de Febrero 2022.
Que se ha tomado la decisión de actualizar el acuerdo paritario alcanzado en el mes de Febrero de 2022, otorgando un incremento del 5 % adicional en el mes de Agosto de 2022 y un 5 % en el mes de Octubre de 2022.
Que se ha convocado a los representantes sindicales a los efectos de informar la decisión de los nuevos aumentos salariales.
Que los aumentos de remuneraciones son para el personal de Planta Temporaria y Permanente comprendidos en la Ley Provincial que regula las relaciones de Empleo Público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, respetando la proporcionalidad horaria.
Que los aumentos se aplican también a otras remuneraciones como las bonificaciones remunerativas y guardias de los servicios médicos.
Que los servicios médicos que se desarrollan en el Hospital Municipal San Vicente de Paul cuentan con guardias activas y pasivas.
Que existe la necesidad de actualizar los valores de las bonificaciones en los servicios médicos del Hospital Municipal San Vicente de Paul.
Que estas modificaciones en los valores de las bonificaciones establecidos rigen a partir del mes de Agosto de 2022 y se actualizan según los aumentos establecidos en el acuerdo paritario local.
Que el estado económico financiero actual permite realizar dicho aumento salarial a partir del 01/08/2022.
Que, por lo expuesto, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Abónese a partir del 1° de agosto de 2022 los nuevos montos establecidos para las bonificaciones, según el Anexo que forma parte del presente Decreto.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110116000, Categoría Programática 62.01.00, Partida del Gasto que corresponda.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Políticas Comunitarias, Secretaria de Desarrollo Social, Contaduría, Tesorería y beneficiario.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-