Boletines/Lobería
Decreto Nº 275/17
Lobería, 07/02/2017
ASIGNANSE TAREAS
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.068/16, la Nota Nº 14.269/17, el Decreto Nº 157/17, el Expediente Nº 4066-155/16; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Aranaga, ubicada en calle Perito Moreno N° 100 de esta Ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, por Nota Nº 14.269/17, Expediente Nº 4066-155/16, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 157/17, que realizará trabajos de albañilería y plomería en la vivienda referenciada, a partir del 12 de enero de 2017, por un plazo de siete (07) días;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 157/17, SR. JUAN CORSI, D.N.I. Nº 33.536.855, que realizará trabajos de albañilería y plomería en la vivienda de la familia Aranaga, ubicada en calle Perito Moreno Nº 100 de Lobería, a partir del día 12 de enero de 2017, por un plazo de siete (07) días.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Instalación de agua fría en baño $ 1.914,76
Instalación de agua fría en mesada $ 148,86
Entrada de agua $ 410,31
Colocación de artefactos sanitarios $ 410,31
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 2.884,24.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.480,45.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S.$346 ,11. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Refacción y/o Ampliación de Viviendas de Interés Social (MEJOR VIVIR) - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
HÉCTOR MARIO HARDOY JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE ECONOMÍA INTENDENTE MUNICIPAL
Y HACIENDA
DECRETO Nº 275-17