Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5484

Ordenanza Nº 5484

Bragado, 08/07/2022

VISTO: El Contrato de Locación de inmueble celebrado entre el HOGAR DE ANCIANOS “SAN VICENTE DE PAUL”, CONFEDERACIÓN SANTA ROSA DE LIMA BRAGADO, representada por su Presidenta, Sra. VIRGINA LASCANO de FERNANDEZ LLORENTE, DNI Nº 10.662.075, con domicilio en la calle Belgrano Nº 1216 de la ciudad de Bragado y la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, representada por el Sr. Intendente Municipal, don HECTOR VICENTE GATICA; y CONSIDERANDO: Que, la celebración del presente contrato de locación tiene como primordial finalidad contar con un inmueble destinado a ser utilizado como oficinas para distintas dependencias municipales, y se encuentra situado en la calle Del Busto entre Mitre y Alsina de la ciudad de Bragado y cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección A, Manzana 81, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 012-5760 del Partido de Bragado; Que, el Hogar de Ancianos San Vicente pone a disposición de la Municipalidad el alquiler de diecinueve (19) habitaciones, tres (3) baños, comedor, hall y estar del Ala Noroeste del Hogar San Vicente de Paul; Que, el Municipio celebró el presente contrato de locación con la institución mencionada con anterioridad, cuyos datos obran en el contrato celebrado, dándose por reproducidos en honor a la brevedad, teniendo como norte la provisión de un inmueble destinado a servir para oficinas administrativas de la Dirección de Personas Mayores, Dirección de Discapacidad, Dirección de Juventudes, Dirección de Instituciones, Secretaría Administrativa, dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), para la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Gobierno, y para la Secretaría de Localidades y Caminos de la Producción, dado que la Municipalidad no cuenta con un inmueble propio para destinarlo a tal fin; Que, el plazo de vigencia de la mencionada locación es de cinco (5) años, dando inicio el día 01 de Junio de 2022 y venciendo el día 31 de Mayo de 2027 sin necesidad de requerimiento alguno o de notificación por parte del locador. El precio total del alquiler se establece en la suma de Pesos Veintiséis Millones Seiscientos Setenta Mil ($26.670.000), pagaderos durante los primeros seis meses en la suma de Pesos Ciento Setenta Mil ($170.000) mensuales, durante el séptimo y hasta completar el primer año de alquiler en la suma mensual de Pesos Doscientos Mil Seiscientos ($200.600), desde el décimo tercer mes y hasta el décimo octavo mes en la suma mensual de Pesos Doscientos Treinta y Seis Mil Setecientos ($236.700), durante el décimo noveno mes y hasta el vigésimo cuarto mes en la suma mensual de Pesos Doscientos Setenta y Nueve Mil Trescientos ($279.300), desde el vigésimo quinto mes y hasta el trigésimo mes en la suma mensual de Pesos Trescientos Cuarenta Mil Ochocientos ($340.800), desde el trigésimo primer mes y hasta el trigésimo sexto mes en la suma mensual de Pesos Cuatrocientos Quince Mil Setecientos ($415.700), durante el trigésimo séptimo mes al cuadragésimo segundo mes en la suma mensual de Pesos Quinientos Siete Mil Doscientos ($507.200), durante el cuadragésimo tercer mes y hasta el cuadragésimo octavo mes en la suma mensual de Pesos Seiscientos Dieciocho Mil Ochocientos ($618.800); desde el cuadragésimo noveno al quincuagésimo cuarto mes en la suma mensual de Pesos Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos ($754.900) y durante los últimos seis meses de contrato en la suma mensual de Pesos Novecientos Veintiún Mil ($921.000). Pagaderos los alquileres del día 01 al día 10 de cada mes por adelantado; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5484/22

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- CONVALIDAR el Contrato de Locación de inmueble celebrado entre la Municipalidad de Bragado y el HOGAR DE ANCIANOS “SAN VICENTE DE PAUL”, CONFEDERACION SANTA ROSA DE LIMA BRAGADO, con fecha 27 de Mayo de 2022, el que tendrá una duración de Cinco (5) años, empezando a regir a partir del día 01 de Junio de 2022 y venciendo en consecuencia el día 31 de Mayo de 2027. Dicho inmueble tiene por destino ser utilizado como oficinas administrativas de distintas dependencias de la Municipalidad de Bragado.- ARTICULO 2º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-