Boletines/Bragado
Decreto Nº 863
Bragado, 01/07/2022
Visto
VISTO: El Día del Cooperativismo, que se conmemora a nivel nacional e internacional el primer sábado del mes de julio de cada año; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el primer sábado de julio, se recuerda a los héroes cooperativos, se reafirman los Principios y Valores y se invita a los gobiernos y organizaciones a apoyar la doctrina de paz, solidaridad, fraternidad y realizaciones positivas que el cooperativismo significa; Que, desde las áreas de Producción, Economía Social y Desarrollo Urbano Ambiental de esta municipalidad, se visitarán las cooperativas de Trabajo “Confecciones Bragado Ltda.”, “Envenecer Ltda.”, “Federal Ltda.” y “Diamante Ltda.; Que, uno de los objetivos del Municipio es promover la identificación y el fortalecimiento de los sectores dinámicos de la economía social en el marco del desarrollo local y regional; Que, la Municipalidad de Bragado, promueve el desarrollo de las cooperativas de trabajo locales, por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR el pago de los gastos que surjan de la visita a las cooperativas “Confecciones Bragado Ltda”, “Envenecer Ltda.”, “Federal Ltda.” y “Diamante Ltda.”, que llevarán a cabo las áreas de Producción, Economía Social y Desarrollo Urbano Ambiental de esta municipalidad, el día 4 de julio del corriente año. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Producción. H.V GATICA. G. H. RIPARI. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-