Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº127

Resolución Nº 127

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/05/2022

isto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma ARSAT solicita dos espacios municipales de 5m x 5m en la localidad de Bahía Blanca para la instalación de un nodo de conexión de red de fibra óptica que facilitará la conectividad del corredor Bahía Blanca - Mar del Plata, favoreciendo el despliegue de la Red Federal de Fibra Óptica en las localidades de Ingeniero White y Villa Espora y 

CONSIDERANDO

Que a fs. 8, el Departamento Territorial informa que en la localidad de Ing. White existen dos Reservas de Equipamiento Comunitario, donde parte de alguna de ellas podría atender el pedido, las cuales están identificadas catastralmente como: Circ.: II - Secc.: D - Mz.: 394 m - Parc.: 5 y 6 - Partidas: 124025 y 124026, respectivamente y se encuentran inscriptas a favor del Municipio y una Reserva de Equipamiento Comunitario propiedad del Municipio en Villa Espora, identificada catastralmente como: Circ.: IV - Secc.: E - Mz.: 17 r - Parcela: 7 - Partida: 106583, en cuya parcela se encuentra construida la plaza Stella Maris. 

Que a fs. 18, el Departamento Planeamiento Urbano informa que los inmuebles identificados catastralmente como: Circ.: II - Secc.: D - Mz.: 394 m - Parc.: 5 y 6 - Partidas: 124025 y 124026 pertenecen a la zona Residencial Ingeniero White 2 (2) (RIW2 (2)), Ordenanza Nº 15615.
Que la zona RIW 2 en el Código de Planeamiento Urbano, se caracteriza como: "Área de residencia general, donde la vivienda está asociada con los usos directamente vinculados a ella, tolerándose otros, que por su tipo y magnitud no desvirtúan el carácter predominante de la zona".
Que el inmueble identificado catastralmente como: Circ.: IV - Secc.: E - Mz.: 17 r - Parcela: 7 - Partida: 106583, pertenece a la zona Área Especial 10 (AE (10)), artículo 3.2.20 del Código de Planeamiento Urbano. En la zona AE (10)  serán de aplicación los indicadores urbanísticos de la zona R2.
Que el uso a instalar se encuadra en el rubro "Infraestructura de Servicios" del Cuadro Nº 1 (Usos según Distritos) del Código de Planeamiento Urbano, que se califica con referencia 7 en todas las zonas establecidas en el mencionado Código, la cual determina que la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento deberá efectuar en cada caso un estudio para determinar la conveniencia de la localización proyectada.

Que a fs. 19, el Departamento Saneamiento Ambiental informa que no tiene ninguna objeción al respecto, prestando conformidad a lo solicitado.

Que a fs. 47, el Departamento Territorial sugiere que la instalación del nodo sea en parte del inmueble identificado catastralmente como: Circ.: II - Secc.: D - Mz.: 394 m - Parcela 6 - Partida: 124026, en el limite con la parcela 7 sobre la calle Pesquero Usurbil, tal como indica la planimetría de la manzana adjuntada a fs. 48.

Que la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento en Acta 582, concuerda en viabilizar la factibilidad solicitada en el inmueble sugerido por el Departamento Catastro Territorial y en las condiciones planteadas por dicho Departamento.

Que a fs 53, el Subsecretario de Planificación y Desarrollo Urbano sugiere que la duración del convenio sea por un término de diez (10) años, prorrogable por otros diez (10) años por acuerdo de partes.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Autorizar a la firma ARSAT S.A. la instalación de un nodo de conexión de red de fibra óptica de internet para facilitar la conectividad del corredor Bahía Blanca - Mar del Plata en un espacio de 5 m x 5 m, sobre cada uno de los inmuebles identificados catastralmente como: Circ.: II - Secc.: D - Mz.: 394 m - Parcela 6 - Partida: 124026, en el limite con parcela 7 sobre calle Pesquero Usurbil y Circ.: IV - Secc.: E - Mz.: 17 r - Parcela: 7 - Partida: 106583.

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tomen nota a sus efectos la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano, los Departamentos Contralor de Obras Particulares, Planeamiento Urbano, Territorial, Vialidad, Electricidad y Mecánica, Saneamiento Ambiental, la División Central Territorial de Datos, las delegaciones Harding Green e Ing. White y hecho, ARCHÍVESE.