Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2695

Resolución Nº 2695

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/08/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la solicitud de construcción y/o demolición presentada al Departamento Contralor de Obras Particulares por Oscar Gentili obrante a fojas 3, correspondiente a la Partida Nº 59.262;

CONSIDERANDO:

Que a fojas 27, el Departamento Catastro Territorial solicita rectificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 2-2487/2022, atento que  detecto un error en el numero de Partida, siendo el correcto 59262; 

Que esta Subsecretaria de Ingresos Públicos detecto un error en el periodo mencionado en el Artículo 1º de dicha resolución;

Por ello todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021;

R E S U E L V E

ARTICULO 1º)-Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 2-2487/2022, atento que por error involuntario se menciono un periodo posterior al informado, el mismo quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 1º)- Aplicar a la cuenta corriente de la Partida Nº 59.262, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, por la cuota 10/2021 a 12/2021, la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO ($675) atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-"

ARTICULO 2º)- Rectificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 2-2487/2022, atento que por error involuntario se menciono una partida equivocada, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 2º)- Aplicar a la cuenta corriente de la Partida Nº 59.262, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, a partir de la cuota 01/2022 a 12/2022 y, luego lo establecido en las Ordenanzas Impositivas futuras, la suma de PESOS UN MIL CINCO ($1.005) atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-"

ARTICULO 3º)- Cumplir, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación, Dirección General de Catastro y Obras Particulares, Departamento Catastro Territorial, Hecho: Archivar.-