Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2025
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/08/2022
Visto las presentes actuaciones, atento el Convenio suscripto por este Municipio y la firma Embotelladora del Atlántico S.A., relacionado con la necesidad de proveer de soluciones que mejoren la circulación vehicular por el sector de calles Rafael Obligado - Rincón y resolver la situación parcelaria de la mencionada empresa y
CONSIDERANDO
Que a fs. 301/311 del expediente 155-7224/2016 obra la Ordenanza 20530 promulgada mediante Decreto 19/2022 por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir convenio con la mencionada firma.
Que el convenio en cuestión resulta ser instrumento necesario para reformular la vía circulatoria con la construcción de una rotonda y la generación de una calle que corra paralela a las vías del Ferrocarril General Roca y culmine su trazado en la Ruta Nacional Nº 3 y viabilizar las medidas necesarias para la reestructuración de las parcelas en la que se encuentra emplazada la empresa Embotelladora del Atlántico S.A.
Que en dicho marco se analizó en forma conjunta la factibilidad de realización de la obra inicial, es decir, la proyección de la rotonda como principio de ejecución de la estrategia diseñada en el Departamento Ejecutivo para dar solución al tránsito del sector de la ciudad, que continuará con la futura ejecución de una calle que corra paralela a las vías del Ferrocarril General Roca, con acceso a la mencionada rotonda y a la Ruta Nacional Nº 3 y las cesiones necesarias para resolver la situación parcelaria antes mencionada.
Que en efecto, la empresa Embotelladora del Atlántico debe resolver la situación de las parcelas que se encuentran afectadas a su explotación industrial y que catastralmente se identifican como: Circ. IV - Secc. E - Ch 38 - Fr I - Parcela 1 w - Partida 181187; Circ. IV - Secc. E - Ch 38 - Fr I - Parcela 1 s - Partida 102974; Circ. IV - Secc E - Ch 38 - Fr I - Parcela 1 b - Partida 97160; Circ. IV - Secc. E - Ch 38 - Fr I - Parcela 1 k - Partida 97161 y Circ. IV - Secc. E - Ch 38 - Fr II - Parcela 1 - Partida 60758, debiendo proceder a su unificación a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal 15884.
Que en el convenio que motiva el presente acto administrativo se encuentran plasmados los términos en que cada una de las partes contribuirá en la solución de las situaciones problemáticas detectadas, estableciendo los derechos y las obligaciones que deberá cumplir cada una y sus respectivos alcances.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades y ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante,
D E C R E T A
ARTICULO 1º:- Aprobar en todas sus partes el Convenio celebrado entre esta Municipalidad de Bahía Blanca y la firma Embotelladora del Atlántico S.A., con domicilio en Ruta 229 km 7 de la ciudad de Bahía Blanca, representada por sus apoderados Mario Jorge Romeo y Erica Andrea del Luján Tkaczuk, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto y a los antecedentes obrantes en el expediente 155-7224/2016.
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., notifíquese, tomen nota a sus efectos la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano, la División Central Territorial de Datos, los Departamentos Territorial, Catastro, Proyectos Urbanos, Vialidad, la Subsecretaría de Ingresos Públicos, la Delegación Harding Green, Ingeniería de Tránsito, la Secretaría de Gobierno, demás dependencias municipales que correspondan y remítase al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.-