Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1970

Decreto Nº 1970

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 09/08/2022

Visto las presentes actuaciones, originadas por la División Higiene y Seguridad en el Trabajo, dependiente de Infraestructura, para la adquisición de camperas de abrigo para personal obrero, conforme solicitud de pedido N° 2538/2022 y;

CONSIDERANDO:

Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada Nº 2538/2022, recibiéndose la propuesta económica de cuatro (4) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las diez (10) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación de fojas 21 a 30;

Que, la Jefa de División Higiene y Seguridad en el Trabajo, sugiere a fojas 111 se adjudique a LTM SUMINISTROS INDUSTRIALES BAHÍA BLANCA S.R.L. el ítem Nº 1, por mejor oferta económica;

Que, el Jefe del Departamento de compras deja constancia a fojas 113 que la presente adjudicación se realiza de acuerdo a sugerencia de la Jefa de División Higiene y Seguridad en el Trabajo a fojas 111;

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”

Por ello, atento a la comparativa de ofertas, obrante a fojas 109, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a LTM SUMINISTROS INDUSTRIALES BAHÍA BLANCA S.R.L. (Proveedor Nº 6.369) la provisión de camperas de trabajo en tela impermeable tipo trucker color azul con reflectivos en mangas, torso y espalda con logos bordados, por mejor oferta económica, y por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($4.644.250,00.-) en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.-

ARTÍCULO 2°)- Dejar constancia que la responsable de la recepción y control de la mercadería a ser adquirida sera la agente Natalia Carrara, Legajo N° 14.553, en un todo en concordancia a lo establecido por el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTÍCULO 3°)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota a sus efectos Departamento de Compras; Hecho: ARCHIVAR.-