Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2618
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/08/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por NICOLAS SALE, DNI Nº 24.336.510, mediante la cual solicitan una nueva liquidación en concepto Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud siendo que una de las partidas es utilizada como patio de la otra, correspondiente a las Partidas Nº 187904 y 187906, y
CONSIDERANDO:
Que, el Departamento Catastro informa a fojas 11 que se deberán reliquidar las Tasas de Servicios Públicos y Salud del inmueble identificado catastralmente como Circ. II – Secc. B – Mz. 161c – Pc. 2a – Partida 187904 desde la cuota 01/2022 ya que se aplico el Artículo Nº 2 del Decreto 47/2017 por encontrarse en uso con la parcela 4 y ser del mismo propietario;
Que el artículo 2 del Decreto Nº 47/2017 se desprende que: “Los inmuebles linderos a una parcela edificada pertenecientes a un mismo titular, que previa evaluación técnica puedan ser considerados junto con la misma como un único conjunto desde el punto de vista funcional por su uso, serán categorizados como edificados a los efectos de la determinación de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”;
Por lo expuesto y lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 15, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º): Rectificase la cuenta corriente del inmueble identificados con la Partida Nº 187.904. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes desde la cuota 03/2022 a 12/2022, la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA ($570) por el concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($228), en concepto de Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución
ARTICULO 2º): Cúmplase, dése al R.O., notificase, tome nota Departamento Recaudación. Hecho: ARCHIVESE.-