Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº207

Resolución Nº 207

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/04/2022

Vista la nota obrante a fojas 11 presentada por el Subsecretario de Mantenimiento mediante la cual solicita recategorizar al agente DANIELLO Rubén Darío, Legajo nº13.545, para cumplir con la categoría de capataz, en el cargo 6/1A en la sección mecánica liviana dependiente del Departamento de Talleres y considerando:

Que el cargo de Capataz en la Sección de Mecánica Liviana la desempeñaba el agente FERNANDEZ Raúl Osvaldo, quien fue dado de baja en su cargo por acogerse al régimen de Jubilación Ordinaria bajo resolución 245/2021.

Que en todas las oportunidades desde Julio del 2021 el agente DANIELLO Rubén Darío ha realizado los reemplazos del agente FERNANDEZ Raúl en cada ausencia del mismo.

Que a fojas 15 la Subsecretaria de Capital Humano expone:” … la figura de capataz no existe en la estructura del Escalafón Municipal por sus responsabilidades y tareas encomendadas se asimila a las descriptas en el artículo 15 º del Decreto N.º 1399/09 IV) OBRERO (Agrupamiento 06) Clase 1, ello fundado en el artículo N.º 38 del mencionado decreto.

Que según se entiende de la Descripción de puestos relevadas para la construcción de un nomenclador de funciones el capataz es el responsable del equipo de operarios al que se asigna la ejecución material de un trabajo de obra determinado, siendo el responsable del control y rendimiento de los mismos, teniendo la responsabilidad de la implementación, planificación y dirección a través de la organización de su personal con la finalidad de cumplir con los objetivos de una obra. Es el nexo entre los obreros y la dirección/cargos superiores, pudiendo realizar propuestas de cambios y modificaciones convenientes en procedimientos, técnicas, materiales a utilizar en el trabajo a realizar. Atiende al suministro de materiales, vigilando su ingreso y acopio. -

Por ello el capataz debe tener probada experiencia en ejecución de obras, capacidad de liderazgo y dotes de mando, de organización, y de resolución.

Que la designación en la función de capataz permite indentificar las responsabilidades mencionadas y la necesidad de reemplazo en caso de ausencia para la dependencia que tiene asignada esa función.-

Que a su vez, la Subsecretaría de Capital Humano a fojas 15 vta. informa que a la fecha (28 de diciembre de 2021) el agente Rubén Darío DANIELLO no había dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º de la Ordenanza 20161 de Adhesión al Partido de Bahía Blanca a la Ley Provicial 15134 "Ley Micaela".

Que a fojas 16 consta copia del certificado emitido por la Subsecretaría de Capital Humano donde se deja constancia que en fecha 04 de marzo de 2022 el agente Rubén Darío DANIELLO ha cursado y aprobado el curso "Ley Micaela: capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres", haciendo entrega del mismo a esta Secretaría con fecha 20 de abril de 2022.

Por todo lo expuesto y teniendo en cuenta los informes de la Dirección General de Capital Humano de fojas 15; lo dictaminado por la Junta de Ascenso y Calificaciones a fojas 14, la imputación de la Subdirección de Presupuesto y el Departamento de Contaduría General a fojas 15 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E –

ARTICULO 1°: Recategorizar y designar de forma interina en categoría 06/1A del agente Rubén Darío DANIELLO, legajo N.º 13.545, para desempeñar la función de capataz, dependiente del Departamento de Talleres y Maestranza (oficina N° 412), manteniendo su categoría de revista efectiva y la jornada ampliada, a partir del 1º de septiembre del 2021 y por el término de un (1) año tal lo establecido en el artículo 17º del Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO 2°: Dejase constancia que el agente mencionado, da cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º de la Ordenanza 20161 de Adhesión al Partido de Bahía Blanca de la ley Provincial 15134 "Ley Micaela"

ARTICULO 3°:   El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Cat. Prog. 01.01.00, Gastos 1.1.1.6 y 1.1.3.3 del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4°: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y Departamento de Talleres y Maestranza, dese a. R.O. y ARCHIVESE. –