Boletines/Campana

Resolución Nº12/22

Resolución Nº 12/22

Campana, 01/07/2022

Visto

El Decreto - Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades), la Ordenanza N° 6668, el Decreto N° 1170/2019 (t.v.) Estructura Orgánico Funcional de Ejecutivo y su Anexo VIII, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el expediente EX-2022-00036433- MUNICAM-DGD#SMOD; y

Considerando

Que a orden 2 obra Oficio emitido por el Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de Villa Paranacito, a cargo de la Dr. Agustín Weimberg, Secretaría subrogante a cargo del Dr. Ignacio Boladeres, con sitio en la calle Av. Entre Ríos N°639 de la localidad Villa Paranacito, Entre Ríos; en los autos caratulados como "ASTORGA, NATALIA ELIZABETH C/GAITAN, MIGUEL ANGEL S/ALIMENTOS" Expte. 1304/21, donde se ordena retener –en concepto de cuota alimentaria- la suma de pesos quince mil ($15.000,00) mensuales, actualizables automáticamente en la misma proporción que, a partir de la fecha de promoción del proceso, pudiere haber variado o varíe el SMVM, o al equivalente al 30% de los de los haberes que perciba Sr. Miguel Ángel Gaitán (D.N.I. 31.409.221) previos los descuentos de ley; sumas que deberán ser depositadas en el Banco de Entre Ríos S.A; Cuenta: 49-788544/6, CBU: 3860049203000078854467.-

Que la Dirección General de Asuntos Judiciales solicita a orden 4 cumplimentar con la manda judicial.

Que se ha cumplido con la revisión de la situación de revista del Sr. Miguel Ángel Gaitán por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, verificando que a la fecha es empleado activo del municipio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por la Ordenanza N° 6668 y la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE CAMPANA, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Reténgase, por intermedio de la Dirección de Liquidaciones y Compensaciones, al trabajador Sr. Miguel Ángel Gaitán (D.N.I. 31.409.221), legajo personal N° 6647, quien revista en la Planta Permanente de Personal, la suma de pesos quince mil ($15.000,00) mensuales, actualizables automáticamente en la misma proporción que, a partir de la fecha de promoción del proceso, pudiere haber variado o varíe el SMVM, o al equivalente al 30% de los de los haberes que perciba, previos descuentos de ley; en función de lo requerido por el Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de Villa Paranacito, a cargo de la Dr. Agustín Weimberg, Secretaría subrogante a cargo del Dr. Ignacio Boladeres, con sitio en la calle Av. Entre Ríos N°639 de la localidad Villa Paranacito, Entre Ríos; en los autos caratulados como "ASTORGA, NATALIA ELIZABETH C/GAITAN, MIGUEL ANGEL S/ALIMENTOS" Expte. 1304/21

ARTÍCULO 2º.- Deposítese mensualmente por medio de la Tesorería Municipal, una vez cumplido con lo que antecede, dentro del plazo del 1 al 10 de cada mes, las sumas retenidas en virtud de lo establecido en el artículo 1°, en el Banco de Entre Ríos S.A. Cuenta: 49-788544/6, CBU: 3860049203000078854467.

ARTÍCULO 3°. - Notifíquese por la Dirección General de Asuntos Judiciales, de lo dispuesto en esta Resolución al Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de Villa Paranacito, a cargo de la Dr. Agustín Weimberg, Secretaría subrogante a cargo del Dr. Ignacio Boladeres, con sitio en la calle Av. Entre Ríos N°639 de la localidad Villa Paranacito, Entre Ríos; en los autos caratulados como "ASTORGA, NATALIA ELIZABETH C/GAITAN, MIGUEL ANGEL S/ALIMENTOS" Expte. 1304/21

ARTÍCULO 4°. - Notifíquese a la Tesorería Municipal lo dispuesto en esta Resolución.

ARTÍCULO 5°. - Regístrese; notifíquese; comuníquese y archívese.