Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1460
Coronel Pringles, 25/07/2022
Visto
El Decreto Nº 1.209 que establece la retención en carácter de donación del 0,75% mensual del sueldo básico de cada Concejal y del Secretario del HCD a favor de Instituciones propuestas por los Concejales, mediante un sistema rotativo y mensual;
Que, por Decreto Nº 1.448 se acordaron las instituciones destinatarias de dicha retención para los meses de marzo, abril, mayo y junio del año en curso; y
Considerando
Que en reunión llevada a cabo por el Presidente del HCD y representantes de los Bloques que conforman el Cuerpo Deliberativo se acordaron las instituciones destinatarias para los meses de julio, agosto y septiembre del corriente año;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Otórguese, en las condiciones establecidas en el Decreto Nº 1.209, la recaudación mensual a las instituciones y meses que a continuación se detallan:
-Julio: Centro de Día Hermandad.
-Agosto: Taller Protegido Esperanza.
-Septiembre: Biblioteca Popular de Indio Rico.
ARTÍCULO 2º: Por el área que corresponda, procédase a la confección de los cheques correspondientes a cada mes.
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, Comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.460
DADO EN LA SALA DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 25 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2022.-