Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0734/22
Coronel Pringles, 06/06/2022
Visto
el Expediente N° 1.322/22 iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Natalia Pereyra; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se le otorgue una ayuda económica a la Sra. Valeria Carolina Angrisano;
Que a fs.2/3 luce autos caratulados “ANGRISANO VALERIA CAROLINA S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA”, Expediente N° 8.067 en trámite por ante el Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca, a través del Dr. Blas Facundo ANTOLÍ Curador Oficial, solicitando a este Municipio que abone la suma mensual de $7.000,00 para cubrir gastos básicos y dispositivos de acompañamiento terapéutico de la Sra. Angrisano, internada en el Instituto Hermanas Misioneras, ubicado en el Pueblo Santa María de la ciudad de Coronel Suárez;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Otórguese un subsidio de PESOS SIETE MIL ($7.000,00), con cargo de rendición a través del Curador Oficial Blas Facundo Antolí del Departamento Judicial Bahía Blanca en los autos caratulados “ANGRISANO VALERIA CAROLINA S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA”, Expediente N° 8.067 en trámite por ante el Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca, para cubrir gastos básicos y dispositivos de acompañamiento terapéutico de la Sra. ANGRISANO Valeria Carolina, D.N.I. N° 28.241.640, internada en el Instituto Hermanas Misioneras, ubicado en el Pueblo Santa María de la ciudad de Coronel Suárez, desde el 01/06/22 y hasta el 31/12/22.
ARTICULO 2°: El monto mencionado en el artículo 1° se depositará en la Cuenta Judicial N° 6206-562404-5, CBU 0140437527620656240451 del Banco de la provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo Social”, Categoría Programática 17.00.00 “Tercera Edad y Discapacidad”, Partida 5.1.4.0. “Ayudas Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0734/22.