Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0731/22

Decreto Nº 0731/22

Coronel Pringles, 06/06/2022

Visto

el Expediente N° 1.026/22 iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Natalia Pereyra; y

Considerando

Que mediante el mismo informa sobre la implementación del “Banco de Leña”, creado por Ordenanza N° 4.700/21;

Que consiste en la entrega de leña a hogares carentes de recursos, durante los meses de junio, julio y agosto/22, beneficiando a 350 familias con una entrega mensual de 250 kg., adquiriendo 150 toneladas de eucaliptus en astillas a un valor de $17.545,00 la tonelada;

Que por lo expuesto se llama a Concurso de Precios N° 22/22 para “Compra de Leña”, con un Presupuesto Oficial de $ 2.631.750,00, fijando el día 9 de junio, a la hora 10,00 la apertura de propuestas en la Oficina de Compras de la Municipalidad;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO  1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios N° 22/22 para “Compra de Leña”, con un Presupuesto Oficial de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($2.631.750,00).

ARTICULO  2°: Llámese a Concurso de Precios N° 22/22 para “Compra de Leña”, con un Presupuesto Oficial de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($2.631.750,00) para ser entregada a hogares carentes de recursos, durante los meses de junio, julio y agosto/22, beneficiando a 350 familias con una entrega mensual de 250 kg., adquiriendo 150 toneladas de eucaliptus en astillas a un valor de $17.545,00 la tonelada, en el marco de lo normado en la Ordenanza N° 4.700/21.

ARTICULO 3°: La oficina de Compras cursará invitaciones a los comercios del rubro, inscriptos en el Registro de Proveedores Municipal.

ARTICULO 4°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 21.00.00 “Seguridad Alimentaria y Asistencial”, Partida 5.1.4.0. “Ayudas Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”. 

ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0731/22.