Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0727/22

Decreto Nº 0727/22

Coronel Pringles, 01/06/2022

Visto

el Expediente N° 1.086/22 –Alcance I-, iniciado por el Director de Producción, Sr. Gabriel Tellaeche; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 0626/22 se llamó a Concurso de Precios N° 19/22 por la “Compra de Combustible, para trabajos en Caminos Provinciales” con un Presupuesto Oficial de $1.500.000,00, fijando el día 30 de mayo de 2022, a la hora 11,00 la apertura de propuestas en la Oficina de Compras de la Municipalidad;

Que se presentó un sólo oferente: PETROPRINGLES S.A., cotizando la suma de $1.975.000,00;

Que reunida la Comisión de Adjudicación conformada al efecto por el Director de Producción, Sr. Gabriel Tellaeche y el Jefe de Compras, Sr. Juan José Olasagastia deciden no adjudicar el Concurso de Precios N° 19/22 por la “Compra de Combustible, para trabajos en Caminos Provinciales”, en virtud que la única oferta presentada supera ampliamente el presupuesto oficial;

Que en virtud de lo expuesto se procede al Segundo Llamado a Concurso de Precios N° 19/22 por la “Compra de Combustible para trabajos en Caminos Provinciales”, fijando el día 14 de junio de 2022, a la hora 11,00 la apertura de propuestas en la Oficina de Compras de la Municipalidad, en el marco de lo normado en el artículo 153° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Déjese sin efecto la adjudicación del Concurso de Precios N° 19/22 por la “Compra de Combustible para trabajos en Caminos Provinciales”, por haberse presentado un sólo oferente: PETROPRINGLES S.A., cotizando la suma de $1.975.000,00, superando ampliamente el Presupuesto Oficial de ($1.500.000,00).

ARTICULO 2°: Procédase a realizar el Segundo Llamado a Concurso de Precios N° 19/22 por la “Compra de Combustible para trabajos en Caminos Provinciales”, fijando el día 14 de junio de 2022, a la hora 11,00 la apertura de propuestas en la Oficina de Compras de la Municipalidad, en el marco de lo normado en el artículo 153° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Decreto N° 0626/22.

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL Nº 0727/22.