Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0715/22

Decreto Nº 0715/22

Coronel Pringles, 01/06/2022

Visto

el Expediente N° 6.262/15 iniciado por la Sra. NEBBIETTI María Belén, Contadora Municipal; y

Considerando

Que a fs. 114 expresa que debe darse lugar, para el presente Ejercicio, a lo relacionado al Decreto Provincial N° 2.199 de fecha 23 de septiembre de 1977, mediante el cual se designa a la Municipalidad de Coronel Pringles depositaria del Aeródromo de nuestro distrito en los términos del Anexo I de la mencionada norma;

Que el Municipio está facultado para el cobro de cánones por la instalación de hangares privados, registrados en el Departamento Recaudación, y según la cláusula segunda, inciso c) de la Norma referenciada, se destinará el 60% a la conservación del Aeródromo y el 40% restante al fomento aeronáutico, como así también de todos los pagos que surjan en lo sucesivo por igual motivo, previa acreditación de la vigencia del Uso Precario pertinente, siendo necesario transferir al Aero Club local lo recaudado por dicho concepto;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Transfiérase al Aero Club de Coronel Pringles las sumas abonadas en  concepto de canon por la instalación de hangares privados en el Aeródromo local, destinándose el 60% a la conservación del mismo y el 40% restante al fomento aeronáutico, como así también todos los pagos que surjan en lo sucesivo por igual motivo, de acuerdo a lo establecido en la cláusula segunda, inciso c) del Decreto Provincial N° 2.199/77, previa acreditación de la vigencia del Uso Precario pertinente, debiendo el Aero Club presentar una rendición al 31 de diciembre de cada año, pudiendo el Departamento Ejecutivo solicitar rendiciones parciales.

ARTICULO 2°: Lo percibido durante el periodo 2022, correspondiente al 40% por el fomento aeronáutico se atenderá por Categoría Programática 26.01.00 “Canon Aeronavegación Fomento Aeronáutico 40%”, y al 60% por conservación del Aeródromo, en la Categoría Programática 26.02.00 “Canon Aeronavegación Mantenimiento 60%”, ambas en la Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad”, Partida 5.1.7.0. “Transferencia a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro”, Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal”·

ARTICULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0715/22.