Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0652/22
Coronel Pringles, 23/05/2022
Visto
la nota presentada por el Asesor Legal, Dr. Silvio Iphais, mediante la cual solicita reglamentar la Ordenanza Nº 4.790/22; y
Considerando
Que el objetivo de la citada Ordenanza es garantizar el descanso dominical de la actividad comercial;
Que es necesario Reglamentar la misma, con el fin de establecer criterio de funcionamiento, sin menoscabar el derecho a comerciar, a realizar actividad lícita, a la propiedad y/u otros de raigambre constitucional;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Establézcase que los comercios detallados en el artículo 1º de la Ordenanza 4.790/22, podrán abrir sus puertas los días domingo siempre que cumplan con el requisito del Artículo 2º.
ARTICULO 2º: Entiéndase por dueños que puedan atender el comercio, a toda aquella persona propietaria de comercio y/o familiar directo del mismo, y/o con vinculación directa en la dirección comercial del establecimiento.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADO BAJO EL N° 0652/22.