Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0621/22

Decreto Nº 0621/22

Coronel Pringles, 17/05/2022

Visto

el Expediente N° 1.094/2022 Letra “H”, caratulado “HADERNE CLAUDIA DIRECTORA, SOLICITA SUMARIO”; y

Considerando

Que mediante el cual informa que la agente Parodi Silvia Liliana, teniendo una reducción horaria de trabajo por motivo de una afección de salud, y habiendo sido debidamente citada a comparecer a Junta Médica, se negó a someterse a dicho control argumentado que no existe causa que justifique la citación recibida, adjuntando certificado médico donde consta que su estado de salud no se ha visto alterado;

Que es facultad de la administración efectuar los controles al personal que esté afectado por alguna dificultad en su salud, y por el cual esté cursando una licencia, en este caso de tiempo parcial;

Que los facultativos serán designados por la Municipalidad, y el agente está obligado a someterse al control que se efectúe (Artículo  84º Ley 14.656 –Artículo 48º CCT);

Que la agente habría incumplido con dicha obligación, toda vez que se negó a asistir a Junta Médica, citación que debidamente se le notifica en fecha 21/04/22;

Que presentó certificado de su propio médico para justificar la inasistencia, lo que la llevaría a arrogarse facultades que son propias del Estado Municipal como es la designación de los profesionales que efectuarán los controles (Art. 104º inc. b) - Art. 107º inc. b) CCT);  

Que habría desoído e incumplido órdenes propias del servicio, emitidas por su superior jerárquico (Art. 103º inc. b), Art. 106º inc. b) CCT);

Que de acuerdo a lo expuesto la Asesoría Legal dictamina iniciar Sumario Administrativo a la agente Parodi Silvia Liliana, Legajo 2490, atento que por la falta que supuestamente incurrió: incumplimiento de obligaciones Art. 8º Ley 14.656 - Art. 48º CCT., Art. 103º inc. b) Ley 14.656 - Art. 106º inc. b) CCT., quebrantamiento de prohibiciones Art. 104º inc. b) Ley 14.656 - Art. 107º inc. b, podría caberle una sanción de hasta cesantía conforme surge del Art. 107º incs. 4, 5 y 6 Ley 14.656 - Art. 110º incs. 4, 5 y 6 CCT., designando Instructor Sumariante al Auxiliar Letrado, Dr. Peralta Martín;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias; 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Instrúyase Sumario Administrativo a la agente PARODI Silvia Liliana, Legajo 2490, por la falta que supuestamente incurrió: incumplimiento de obligaciones Art. 8º Ley 14.656 - Art. 48º CCT., Art. 103º inc. b) Ley 14.656 - Art. 106º inc. b) CCT., quebrantamiento de prohibiciones Art. 104º inc. b) Ley 14.656 - Art. 107º inc. b, podría caberle una sanción de hasta cesantía conforme surge del Art. 107º incs. 4, 5 y 6 Ley 14.656 - Art. 110º incs. 4, 5 y 6 CCT.

ARTICULO 2°: Desígnese al Auxiliar Letrado PERALTA Martín como Instructor Sumariante.

ARTICULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0621/22.