Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0607/22

Decreto Nº 0607/22

Coronel Pringles, 13/05/2022

Visto

el Expediente N° 1.086/22, iniciado por el Director de Producción, Sr. Tellaeche Gabriel; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita autorización para atender los gastos que ocasionen los trabajos de mantenimiento, conservación y mejoramiento de la Red Provincial de Tierra de los siguientes caminos: 023-01 -Acceso a Cnel. Pringles hasta límite con Gral. Lamadrid (11 km); 023-02 -desde Paso Nivel hasta límite con Gral. Lamadrid (13 km); 023-03 -desde Boulevard 68 hasta Est. Reserva (16,5 km); 023-13 desde Est. Stegmann hasta límite con Cnel. Suárez (14 km) y 023-14 desde Ruta Provincial 85 hasta Est. Stegmann (9 km.) cuyas tareas se realizarán cercana al casco urbano de la ciudad, en un total de 63,5 km, incluyendo tareas de perfilado, nivelación y limpieza de cunetas, alcantarillas y reparación de éstas, aporte de material sobre alcantarillas para favorecer su conservación, previendo disponer de la Motoniveladora KLIA OI: 8676 – Modelo M-160, Motor Nº 260118, chasis Nº 51036, Año de Fabricación 1986, cedida oportunamente por la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires – Zona XI, según acta de entrega y nota de solicitud adjunta al Expediente N° 1.086/22, contratación de un Maquinista para operar el equipo (Motoniveladora), además de la logística que implica tener una maquinaria vial prestando servicio: traslado de combustible y lubricantes, movimientos de equipo, reparaciones, solicitud de repuestos, mantenimiento general y todo aquello que resulte necesario para el buen funcionamiento del equipo vial;

Que la provisión de combustible será de 2.500 litros de gasoil mensuales máximo, estimándose 20 días laborales al mes, 20 litros de aceite de motor, 20 litros aceite hidráulico, 20 litros aceite ATF (embrague) y 20 litros aceite diferencial, en todos los casos siempre que sea necesario y luego de 200 horas de trabajo, previa verificación del área de Producción;

Que se adjunta Memoria Descriptiva y Técnica de todas las tareas enunciadas y con un Presupuesto Oficial de $3.750.000,00;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícense los gastos que ocasionen los trabajos de mantenimiento, conservación y mejoramiento de la Red Provincial de Tierra de los siguientes caminos: 023-01 -Acceso a Cnel. Pringles hasta límite con Gral. Lamadrid (11 km); 023-02 -desde Paso Nivel hasta límite con Gral. Lamadrid (13 km); 023-03 -desde Boulevard 68 hasta Est. Reserva (16,5 km); 023-13 desde Est. Stegmann hasta límite con Cnel. Suárez (14 km) y 023-14 desde Ruta Provincial 85 hasta Est. Stegmann (9 km.) cuyas tareas se realizarán cercana al casco urbano de la ciudad, en un total de 63,5 km, incluyendo tareas de perfilado, nivelación y limpieza de cunetas, alcantarillas y reparación de éstas, aporte de material sobre alcantarillas para favorecer su conservación, previendo disponer de la Motoniveladora KLIA OI: 8676 – Modelo M-160, Motor Nº 260118, chasis Nº 51036, Año de Fabricación 1986, cedida oportunamente por la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires – Zona XI, según acta de entrega y nota de solicitud, adjunta al Expediente N° 1.086/22, contratación de un Maquinista para operar el equipo (Motoniveladora), además de la logística que implica tener una maquinaria vial prestando servicio: traslado de combustible y lubricantes, movimientos de equipo, reparaciones, solicitud de repuestos, mantenimiento general y todo aquello que resulte necesario para el buen funcionamiento del equipo vial, la provisión de combustible será de 2.500 litros de gasoil mensuales máximo, estimándose 20 días laborales al mes, 20 litros de aceite de motor, 20 litros aceite hidráulico, 20 litros aceite ATF (embrague) y 20 litros aceite diferencial, en todos los casos siempre que sea necesario y luego de 200 horas de trabajo, previa verificación del área de Producción, con un Presupuesto Oficial de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($3.750.000,00)

ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 38.00.00 “Conservación y Mejoramiento Caminos Provinciales”, Partida 3.3.4.0 “Mantenimiento y Reparación de vías de Comunicación” - Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”. Recurso 11.4.02.00 “Fondo Inmobiliario Rural – Fondo Compensador”.

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL Nº 0607/22.