Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0590/22

Decreto Nº 0590/22

Coronel Pringles, 11/05/2022

Visto

el Expediente N° 1.140/22 iniciado por la Sra. María Eugenia Cavallaro, Directora de Cultura; y

Considerando

Que mediante la misma solicita se declare de Interés Municipal las intervenciones artísticas en espacios públicos y privados denominadas “Cultura en Movimiento” que se desarrollarán desde mayo a diciembre del 2022;

Que consiste en la realización de intervenciones participativas en lugares diversos de la ciudad para promover el acercamiento al arte, el disfrute compartido de disciplinas y actividades como teatro, música, danza juegos, artes plásticas, muestras patrimoniales;

Que este Programa está destinado a diversas edades, buscando promover la participación ciudadana, la identidad barrial y el bienestar en el tiempo libre y propone la difusión y visualización de artistas locales, tanto de Pringles como de la zona, a fin de generar intercambios que favorezcan su conocimiento por parte de la comunidad y potenciando su parte artística;

Que con esta propuesta se buscará acercar las expresiones artísticas y culturales a los barrios y organizaciones y compartir con los distintos barrios la actividad de los talleres municipales, de la Escuela de Música, el Archivo Histórico y los museos;

Que se resuelve declarar de Interés Municipal lo expuesto y atender los gastos correspondientes, no existiendo inconveniente en acceder a lo requerido; en uso de las facultades que le son propias;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal “CULTURA EN MOVIMIENTO” desarrollándose intervenciones artísticas en espacios públicos y privados del Partido de Coronel Pringles, desde el mes de mayo a diciembre 2022 y de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Autorícese a la Contaduría Municipal, a atender los gastos que surjan en concepto de sonido, SADAIC, filmación, fotografía, catering, restaurante, ferretería, pinturería, librería, carpintería, cachet de artistas, alojamiento, transporte y cualquier otro gasto inherente a la realización y puesta en escena de las intervenciones artísticas, cuyo monto no debe superar la suma de $300.000,00, imputándose los mismos a la Cuenta que corresponda en la Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 29.04.00 “Dirección de Cultura- Fondo Educativo-Talleres-Contratados”, Partida según se solicite el gasto, Fuente de Financiamiento 132 “Origen Provincial. Recurso 1750123 “Fondo Educativo”.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0590/22