Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0577/22

Decreto Nº 0577/22

Coronel Pringles, 06/05/2022

Visto

el Expediente Nº 0435/22 – Cuerpo II- iniciado por el Administrador del Hospital Municipal Sr. Ariel Barrere; y

Considerando

Que mediante Decreto Nº 0306/22 se llamó a Licitación Pública Nº 4/22 para la “Compra de una Ambulancia UTIM para el Hospital Municipal”, con un Presupuesto Oficial de $13.455.594,00, fijando el día 20 de abril de 2022 la apertura de propuestas, a la hora 10,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad, cuyo financiamiento está dado en función del Convenio celebrado entre la Secretaría de Municipios del Ministerio del Interior y la Municipalidad de Coronel Pringles, en el marco del Programa de Asistencia para la mejora de los gobiernos locales – “Municipios de Pie”, el cual fue ratificado mediante Ordenanza Nº 4.782;

Que se presentó como único oferente la firma T.S.S. S.R.L., cotizando la suma de $15.211.547,00, conveniente a los intereses municipales y excedida en el Presupuesto en $1.755.953,00, dando lugar la Contaduría Municipal a la ampliación de la Solicitud de Gastos Nº 1-1194 en dicha suma;

Que por todo lo expuesto y en cumplimiento al artículo 155° de la LOM se elevaron las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, y por Ordenanza N° 4.794/22 se autorizó la ampliación de la Solicitud de Gastos Nº 1-1194 y la adjudicación correspondiente;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo, a través de la Contaduría Municipal, a ampliar la Solicitud de Gastos Nº 1-1194 en PESOS UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES ($1.755.953,00), en el marco de la Ordenanza N° 4.794/22.

ARTICULO 2°: Adjudíquese a la firma T.S.S. S.R.L. la Licitación Pública Nº 4/22 por la suma de PESOS QUINCE MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE ($15.211.547,00), para la “Compra de una Ambulancia UTIM para el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera” en el marco del Programa de Asistencia para la mejora de los gobiernos locales – Municipios de pie” y la Ordenanza N° 4.794/22.

ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 35.00.00 “Ambulancia UTIM”, Partida 4.3.3.0 “Equipo Sanitario y de Laboratorio”, Fuente de Financiamiento 133 “De Origen Nacional”

ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0577/22