Boletines/Campana

Decreto Nº631/22

Decreto Nº 631/22

Campana, 03/08/2022

EX-2022-00017783- -MUNICAM-DGD#SMOD. Club Social Las Acacias

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) y Nº 9388/1979 (t.v.), las Ordenanzas Municipales Nº 1508/1980 y Nº 6613 esta última promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal EX-2022-17783-MUNICAM-DGD#SMOD;

Considerando

Que en el orden 2 luce nota del Presidente de la Asociación Civil “CLUB SOCIAL LAS ACACIAS”, mediante la cual solicita la inscripción de la institución en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público. Conjuntamente, se glosan Acta Constitutiva, listado de socios asistentes a la Asamblea Constitutiva y Estatuto.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Primero del Estatuto de la referida Institución, esta tiene como objetivo fundamental formar el deporte en el Barrio Las Acacias, involucrarse en las problemáticas que competen al barrio (adicciones, violencia), tratar de brindar contención y apoyo como club, usando como estrategia el deporte, ayudar a la integración y formación psicosocial de cada uno de los integrantes, entre otros.

Que el Decreto-Ley Nº 9388/1979 (t.v) reconoce como entidades de bien público a las asociaciones, sociedades, fundaciones y toda otra entidad, cualquiera sea su naturaleza, que desarrollan actividades de interés social, cultural, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la comunidad.

Que en el orden 7 la Dirección de Entidades de Bien Público manifiesta que, analizada la documentación obrante en el Expediente, considera pertinente dictar el acto administrativo reconociendo a dicha entidad, informando que el último orden de Entidad que se encuentra en tramitación es el N° 456 por lo que se solicita su inscripción con el Nº 457.

Que en el orden 9 interviene la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat.

Que en el orden 10 la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese como Entidad de Bien Público, a los fines de la Ordenanza Nº 1508/1980, a la Asociación Civil denominada “CLUB SOCIAL LAS ACACIAS”, con domicilio social en la calle Echeverría Nº 952 de la localidad de Campana, Partido de Campana.-

ARTÍCULO 2º.- Inscríbase en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público creado en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 1508/1980, a la Entidad mencionada en el artículo precedente, bajo el Nº 457.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.