Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 365
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/12/2021
VISTO la nota presentada por el director general de Movilidad Urbana en relación al pedido efectuado por la firma Bahía Transporte SAPEM, en la cual solicita que el Municipio evalúe la posibilidad de compensar los pasajeros gratuitos transportados en el mes de noviembre de 2021, correspondiente al personal considerado esencial (fuerza policial y personal de salud), además de discapacitados y municipales, todo esto en el marco de la emergencia sanitaria producto el COVID-19, por lo expuesto y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada firma en su presentación expone: “...Que, entre los meses de febrero a noviembre, se hicieron presentaciones ante ese municipio a los fines que, ante el contexto de crisis en que se encuentra el transporte local, se evalúe la posibilidad de compensar los gratuitos transportados.
Que, en esas oportunidades, expusimos que el sistema de transporte público urbano de pasajeros local, a partir de las medidas que se fueron adoptando por el gobierno nacional, provincial y municipal durante el transcurso del año y medio que llevamos en convivencia con la pandemia mundial derivada del Covid-19, se encuentra en un esquema económico y financiero muy deficitario por la repercusión que tales disposiciones han tenido en la recaudación de las compañías por pasajeros transportados, situación que aún persiste.
Que, consecuencia de ello, el caudal de boletos cobrados por empresa continúa siendo inferior si se lo compara con meses anteriores a la crisis sanitaria, y son más negativos aún si se considera igual período de años previos en condiciones normales.
Destacamos que no obstante tal marco, todas las compañías de transporte continúan prestando el servicio de forma regular, bajo las condiciones impartidas por la Secretaría Municipal correspondiente, sin alteraciones que afecten el normal desarrollo del sector y cumplimentando con todas las obligaciones salariales a cargo, situación que no se repite en todas las jurisdicciones del país.
Expusimos que los costos continúan en aumento. Así, el combustible ha sido objeto de subas; los repuestos de las unidades y otros materiales de mantenimiento han incrementado significativamente -teniendo gran incidencia la inestabilidad cambiaria a la que está sujeta la economía nacional desde hace mucho tiempo-; y se ha dado cumplimiento al aumento salarial previsto en el acuerdo celebrado en el marco del CCT UTA para el 2021, que incluye pagos no remunerativos mensuales que recomponen períodos anteriores.
Que si bien a la actualidad, los distintos niveles de gobierno han ido adoptando medidas tendientes a compensar las pérdidas que vienen sufriendo las empresas de transporte, lo cierto es que aún los objetivos de recuperación están muy distantes de ser alcanzados.
Que, en ese marco, hicimos mención a los pasajeros que las compañías están transportando de forma gratuita: mediante la Ordenanza N° 20.053, se ha otorgado de manera oficial el acceso gratuito al transporte público de pasajeros a los trabajadores de la salud y fuerzas de seguridad mientras dure la emergencia sanitaria, habiéndose brindado tal beneficio desde el inicio de la pandemia mediante acreditación del carácter al conductor del colectivo, sumándose así a los ya existentes por discapacidad y agente municipal.
Si analizamos el mes de noviembre pasado, la cantidad de viajes que se hicieron sin costo alguno por tener el titular de la tarjeta el atributo local de discapacidad, agente municipal o personal de salud y fuerzas de seguridad, ascendió a trescientos veintiocho mil doscientos veintidós (328.222).
Explicamos que, para las prestatarias locales, percibir el monto correspondiente según los viajes gratuitos realizados de manera mensual, en este caso, durante el mes de noviembre, significaría de gran ayuda para poder sostener la estructura de la prestación del servicio en las condiciones actuales.
Que el Municipio, ante los pedidos realizados y atendiendo la contemplación que se tiene en el estudio de costos -por el cual se fijó la tarifa vigente- de los usuarios que viajan sin abonar el boleto, es que resolvió compensar la diferencia que surge en función de la cantidad de pasajeros gratuitos transportados y en relación, a partir del mes de junio, de la Ordenanza N°20.340.
En virtud de que las dificultades enumeradas al principio del presente continúan vigentes, es que solicitamos al Municipio evalúe la posibilidad de compensar nuevamente los gratuitos transportados, en esta oportunidad respecto a los datos que surgen del mes de noviembre…”
Que lo solicitado se encuentra encuadrado en el marco de la normativa DECNU-2021-678 -APN-PTE la cual establecen una nueva prórroga que regirá desde el 01 de octubre hasta el 31 de diciembre del 2021, inclusive.
Que según lo informado por la Secretaría de Economía a fojas 274 respecto de la viabilidad presupuestaria de dar curso a lo requerido la misma expresa: “...no se encuentra contemplada en el presupuesto de gastos del área y deberá ser atendida a partir de ahorros de partidas en la misma jurisdicción...”
Por lo expuesto; y teniendoen cuenta el dictamen legal elaborado por la Secretaría de Movilidad y Espacios Públicos a fojas 275 y habiendo tomado intervención la Subdirección de Presupuesto y el Departamento Contaduría General en lo que respecta a la imputación del gasto; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°) Autorizase al Departamento de Contaduría General a efectuar orden de pago y transferencia bancaria a las empresas prestatarias del servicio público de pasajeros por colectivo de la jurisdicción de Bahía Blanca, según el esquema que a continuación se detalla y por la suma total de PESOS SEIS MILLONES DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CON 34/100 CENTAVOS ($6.017.800,34), en concepto de pasajeros gratuitos transportados en el mes de noviembre de 2021 según lo establecido por la emergencia sanitaria producto del COVID-19, correspondiente al personal considerado esencial (fuerza policial y personal de salud), discapacitados y empleados municipales; en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
EMPRESA |
CUIT N.º |
MONTO – CUOTA |
LEMOS Y RODRIGUEZ S.A. (FOURNIER) |
30-54634701-6 |
$2.578.025,34- |
BAHÍA TRANSPORTE SAPEM |
30-71160347-2 |
$179.388,00.- |
TRANSPORTE AUTOMOTOR SAN GABRIEL |
30-71234878-6 |
$3.260.387,00.- |
TOTAL |
|
$6.017.800,34 |
ARTICULO 2°)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 01.12.00 – Gasto 5190, del presupuesto de gasto vigente.
ARTICULO 3°) Cúmplase, notifíquese a las empresas de transporte público de colectivo Lemos y Rodríguez S.A, Bahía Transporte SAPEM, Transporte Automotor San Gabriel; tome nota Dirección General de Movilidad Urbana, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, dése al RO y ARCHÍVESE