Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1872
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/07/2022
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria correspondiente al Certificado Nº 23, de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AVENIDA DASSO - ING. WHITE” ejecutada por la empresa U.T.E conformada por las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L., CARRETERAS 2000 S.A., CERRA Y MORO S.R.L. Y GEOMAC S.A.), y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados del certificado N° 23, actualizados provisoriamente por dicho Departamento, según Decreto Municipal 1505/2020, donde se utilizan de forma provisoria los índices correspondientes al INDEC, hasta que sean publicados los definitivos del Ministerio de Infraestructura y Servicios de la Provincia de Buenos Aires, para la obra a cargo de la UTE, cuya fecha de licitación: 21/10/2019, Fecha de Contrato: 18/06/2020, Acta de Replanteo: 24/06/2020, Plazo de obra: 12 meses.
El Departamento Vialidad hace revisión de la redeterminación presentada por la empresa UTE conformada por las empresas Obras Abedul SRL, Carreteras S.A, Cerra y Moro SRL, y Geomac S.A y verifica que los valores calculados son correctos y coinciden con los obtenidos de las planillas realizadas por dicho Departamento. Por tal motivo se produce salto en el certificado N°23
Que en relación al Certificado Nº 23, se produce una variación de precios superior al 6 % entre los últimos precios redeterminados al mes de Abril 2022 y los correspondientes al mes de medición del Certificado Nº 23: Mayo 2022.
Que el mes de ejecución de los trabajos es Mayo 2022 y la fecha de publicación de los indices (INDEC) es Junio 2022.
Que el monto Redeterminado del Certificado N° 23 provisorio asciende a $ 10.375.683,23 (pesos diez millones trescientos setenta y cinco mil seiscientos ochenta y tres con veintitrés centavos), actualizado al mes de Mayo 2022.
Que atento a ello el importe total a pagar es de $10.375.683,23 (pesos diez millones trescientos setenta y cinco mil seiscientos ochenta y tres con veintitrés centavos).
Que a fojas 135 el informe de la abogada del Municipio manifiesta que no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por los articulo 11 y 21 del anexo correspondiente al Decreto 1505/2020 y 225/2021.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación provisoria de precio, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Aprúebase la Redeterminación Provisoria de Precios presentada por la empresa U.T.E conformada por las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L., CARRETERAS 2000 S.A., CERRA Y MORO S.R.L. Y GEOMAC S.A. por el Certificado Nº 23 de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AVENIDA DASSO - ING. WHITE”, resultando la suma a abonar de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON VEINTITRES CENTAVOS ($10.375.683,23), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-4131-2022
ARTICULO 2°: La redeterminación aprobada en el articulo 1° tiene carácter provisorio y es a cuenta de lo que en más o en menos resulte de la redeterminación definitiva dispuesta según Decreto 2113/02.-
ARTICULO 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-
ARTICULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 140, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.80.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
ARTICULO 5°: Cúmplase; dése al RO.; Notifíquese por intermedio del Departamento Vialidad y pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente. Cumplido ARCHÍVESE.-