Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1740

Decreto Nº 1740

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/07/2022

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente a los Certificados Nº 4, 5 y 6, de la obra: “NEXO Y EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES (ETAPA I) – 32 CUADRAS Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE – 13 CUADRAS EN CALLES DEL BARRIO “LOS HORNEROS” ejecutada por la empresa GEOMAC S.A., y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa por expte. N°410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto n°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.

Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados de los certificados Nº 4, 5 y 6,  para la obra a cargo de la Empresa GEOMAC S.A., cuya fecha de Preacuerdo de Cesión de Obra de la empresa INAR a GEOMAC S.A.: 18/09/2020, Decreto de Aprobación de Cesión: 1966/2020 (02/11/2020) y 147/2021 (21/01/2021), Fecha de Contrato: 17/03/2021, Plazo de obra: 12 meses, Fecha de Inicio de Obra 19/07/2021.

Que de acuerdo a lo analizado por parte del Departamento Vialidad se informa que de la revisión de la redeterminación de precio presentada por la empresa GEOMAC S.A. surgen algunas diferencias aritméticas y de adopción de coeficientes, en referencia a la realizada por el departamento técnico.

Certificado N° 4: (mes de ejecución de los trabajos: Julio - 2021) En relación a éste Certificado la oficina técnica informa que se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 2 (Agosto - 2019), último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 4  (Julio- 2021). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Julio- 2021. Surge de ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 4 (actualizado a Julio 2021) por un monto de $837.270,63.

Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 2829/2021, asciende a  $582.846,35.

Por lo tanto la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado Nro. 4 es de $254.424,28.

Certificado N° 5: (mes de ejecución de los trabajos: Agosto - 2021). En relación a este certificado el Departamento Vialidad informa que no se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 4 (Julio - 2021), último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 5  (Agosto- 2021). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Julio 2021. Atento a ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 5 (actualizado a Julio 2021) asciende a: $908.900,75.

Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 2533/2021, es de $ 625.113,86.

Que la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado Nro. 5 es de $283.786,89.

Certificado N° 6: (mes de ejecución de los trabajos: Septiembre - 2021). La Oficina Técnica informa que se produce una variación de precios superior al 5% entre los últimos precios unitarios redeterminados a Julio - 2021, últimos salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 6 (Septiembre - 2021). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Septiembre - 2021. Siendo el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 6 (actualizado a Septiembre - 2021)de  $771.445,63.

Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 2761/2021, es de  $501.003,94.

Que la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado Nro. 6 es de $270.441,69.

Que el importe total de las Redeterminaciones Definitivas correspondientes a los Certificados N° 4, 5 y 6 asciende a la suma total de  $ 808.652,86.

Que a fojas 125 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación en caracter definitivo según Decreto provincial n° 2113-02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones  y el Decreto 1505/20. 

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

D E C R E T A

Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa GEOMAC S.A. por los Certificados Nº 4, 5 y 6 de la obra: NEXO Y EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES (ETAPA I) – 32 CUADRAS Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE – 13 CUADRAS EN CALLES DEL BARRIO “LOS HORNEROS”, resultando una diferencia a abonar entre los importes abonados en forma provisorias y los definitivos  de PESOS OCHOCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 808.652,86), en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 417R-3837-2022.-

Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

Articulo 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-

Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma GEOMAC S.A. por intermedio del Departamento Vialidad, tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido ARCHÍVESE.-