Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1720
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/07/2022
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente a los Certificados N.º 1, 2 y 3, de la obra "EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGUES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO MOLINA CAMPOS" ejecutada por la empresa a RIMSOL S.A. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que habiéndose publicado los índices del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, correspondientes a los meses de ejecución de los Certificados N° 1, 2 y 3 de la obra de referencia, y sin la existencia de pagos provisorios de los certificados mencionados, se procede a realizar la redeterminación definitiva de los mismos, cuya fecha de licitación: 24/11/2020, Fecha de Contrato: 19/01/2021, Acta de Replanteo: 01/02/2021, Plazo de obra: 6 meses.
Que se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados de los Certificados N° 1, 2 y 3, efectuados por el Departamento Vialidad; de la revisión de las redeterminaciones de precio presentada por la empresa RIMSOL S.A, surgen diferencias con la realizada por el Departamento, en la actualización de los coeficientes resúmenes.
Que el Departamento Vialidad pone de manifiesto que en Certificado Nº 1, se produce una variación de precio superior al 5% entre los precios aprobados (licitación Noviembre 2020) y los correspondientes al mes de medición del Certificado N° 1: Marzo 2021.
Mes de ejecución de los Trabajos: Marzo 2021.
Fecha de publicación índice (Ministerio de Infraestructura de Buenos Aires): 17/11/2021.
Fecha de presentación Empresa: 13/12/21 (Se ha presentado la redeterminación según lo estipulado por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en el Artículo 92, inciso b)
MONTO REDETERMINADO CERTIFICADO N° 1 (DEFINITIVO): $579.408,86 (Actualizado a Marzo 2021).
Que también se informa que en el Certificado Nº 2, se produce una variación de precio superior al 5% entre los últimos precios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 1: Marzo 2021 y los correspondientes al mes de medición del Certificado N° 2: Abril 2021.
Mes de ejecución de los Trabajos: Abril 2021.
Fecha de publicación índice (Ministerio de Infraestructura de Buenos Aires): 17/11/2021
Fecha de presentación Empresa: 13/12/21 (Se ha presentado la redeterminación según lo estipulado por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en el Artículo 92, inciso b)
MONTO REDETERMINADO CERTIFICADO N°2 (DEFINITIVO): $1.233.815,63 (Actualizado a Abril- 2021).
Que por otro lado en el Certificado Nº 3 no se produce una variación de precio superior al 5% entre los últimos precios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 2: Abril 2021 y los correspondientes al mes de medición del Certificado N° 3: Mayo 2021.
Mes de ejecución de los Trabajos: Mayo 2021.
Fecha de publicación índice (Ministerio de Infraestructura de Buenos Aires): 17/11/2021
Fecha de presentación Empresa: 13/12/21 (Se ha presentado la redeterminación según lo estipulado por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en el Artículo 92, inciso b)
MONTO REDETERMINADO CERTIFICADO N°3: $672.002,55 (Actualizado a Abril 2021).
Que por lo anteriormente informado, el Importe total de la Redeterminación de los Certificados N° 1, 2 y 3 asciende a $2.485.227,04 (PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON CUATRO CENTAVOS)
Que a fojas 64 el informe de la asesora legal de esta Secretaría deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Artículo 92 inciso b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación, conforme los términos del informe técnico, por lo cual entiendo que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones de la Obra.-.
Que a fojas 67/68 consta informe emitido por el Registro de Licitadores y Consorcios de Obras Básicas avalado por la Secretaría de Infraestructura, mediante el cual se deja en claro que la mencionada obra se realiza bajo modalidad de Consorcio Vecinal, teniendo como metodología, un ahorro previo a la realización de la obra, en cuotas, en base a un presupuesto oficial realizado por el área técnica del Municipio. Posteriormente se confecciona el Pliego de Bases y Condiciones puede contemplar la redeterminación por mayores costos en virtud del plazo de obra. Cuando finaliza la obra con la correspondiente recepción provisoria se procede a su liquidación, según los precios unitarios que surgieron de la licitación.
Que el declarar la obra de utilidad pública y pago obligatorio mediante Ordenanza N° 19451 no se consideró la posibilidad de variación de precios con cargo al vecino.
Que la Memoria Descriptiva de la obra a fojas 66, la cual especifica el plazo de obra de 10 (Diez) meses y teniendo en cuenta el contexto económico, en el que actualmente se cotizan las obras, la inflación, devaluación y las variaciones de precios, se hace necesario considerar la actualización de costos y redeterminaciones de la obra. (La Ley Provincial de Obras Públicas 6021 Capítulo IX Artículo 55° con modificaciones por Decreto Ley 8781/77.)
Que en referencia a lo anterior mencionado, sugiere la evaluación de otra fuente de financiamiento para el pago de las mismas, para no generar un desajuste económico en el sistema de Consorcios.
Por lo expuesto, conforme la carga realizada a fojas 1 mediante solicitud de pedido 2225; teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios definitiva, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
Artículo 1º: Aprúebase la redeterminación de precios definitiva correspondiente a la empresa RIMSOL S.A. por los Certificados N.º 1, N° 2 y N° 3 de la obra “EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGUES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO MOLINA CAMPOS", por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON CUATRO CENTAVOS ($ 2.485.227,04.), en un todo de acuerdo con los considerandos del presente Decreto.
Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Articulo 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese a la firma RIMSOL S.A. por intermedio del Departamento Vialidad, tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-