Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1902

Decreto Nº 1902

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 01/08/2022

VISTO la solicitud de realizar el concurso interno cerrado para desempeñar el cargo de Jefe de División de la Oficina Gestión de Cobros, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, y

CONSIDERANDO:

Que la oficina Gestión de Cobros presenta la necesidad de contar con un agente que cumpla funciones de Jefe de División a fin de reorganizar y optimizar su funcionamiento, por tal motivo resulta conveniente proceder a la selección de aquella persona que cumpla con las condiciones requeridas para el desarrollo de las funciones y tareas a desarrollar.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1º)- Llámase a concurso cerrado para cubrir un cargo efectivo del Agrupamiento Jerárquico categoría 02/3B, para desempeñar la función jerárquica de Jefe de División de la Oficina Gestión de Cobros, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, designándolo en forma interina en categoría 02/3B con una carga horaria semanal ampliada de cuarenta (40) horas, en un todo de acuerdo a las bases y condiciones que se establecen en la presente Resolución.-

El desempeño de la función jerárquica mencionada comprende una Bonificación Remunerativa por Función Jerárquica del 25% sobre la categoría 02/2B.01 según lo establecido en el Artículo 6° del Decreto Nº1400/2009.-

ARTICULO 2º)- Establézcanse los siguientes requisitos, perfil del puesto, responsabilidades, funciones y competencias correspondientes al llamado a concurso:

Requisitos:

Para presentarse los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Curriculum Vitae con foto, dirección de correo electrónico y documentación respaldatoria de los antecedentes laborales. Los títulos de formación profesional deberán acreditarse mediante fotocopias que serán autenticadas por la Dirección General de Capital Humano.-
  • Planta permanente o provisional - Excluyente
  • Poseer preferentemente Título Terciario y/o Universitario, con orientación legal.-
  • Haber desempeñado reemplazos de Jefatura de División y/o Departamento–
  • Antigüedad mínima inmediata al llamado de tres (3) años en la Municipalidad de Bahía Blanca.
  • Poseer conocimientos sobre el Procedimiento Administrativo Municipal.
  • Ordenanza General 267: procedimiento administrativo municipal.
  • Ley 14656 - Estatuto Empleados Municipales
  • Ordenanza 18601 convenio colectivo de trabajo
  • Conocimientos de la legislación vigente del organismo Ley Orgánica Municipal 6769/58
  • Manejo de los sistemas informáticos con desarrollo de visión digital del documento a partir de textos orales y escritos (Intranet, Sigemi, Microsoft Oficce, Open Oficce, Rafam, GDE etc.)
  • Conocimientos Técnicos: Ley N° 13406 - Apremios, Ley N° 15016 modificatoria de Ley N° 13406 - Honorarios Profesionales, Ley ° 6716 Régimen legal de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, Ley N° 25326 Protección de los datos personales, Ley N° 8.904 y Ley N° 14.967 - Jus Arancelario y Ordenanza N° 20360 - Inicio de Titulo Ejecutivo.

Perfil de puesto buscado

  • Desempeñar el cargo de jerarquía media dentro de la Oficina de Gestión de Cobros, como responsable de las funciones de planificación, organización, dirección, coordinación y control de las tareas administrativas inherentes al área y dependencias a su cargo.
  • Capacidad de manejo de personal. Liderazgo, trabajo en equipo y actitud proactiva.
  • Competencias ético institucionales: Demostrar alto grado de responsabilidad en el cumplimiento horario y en la permanencia en su puesto de trabajo.
  • Competencias actitudinales: Amplia capacidad para el desarrollo del trabajo en equipo. Capacidad para transmitir conocimientos.

Funciones y Responsabilidades del cargo concursado

  • Las establecidas en la Ley Nº 14.656 para el personal municipal.
  • Coordinación y conducción de los Recursos Humanos de la oficina.
  • Fijar objetivos, planificar tareas, organizar recursos y establecer prioridades.
  • Proponer e implementar acciones de mejoras continuas para el óptimo desempeño de la oficina.
  • Velar por el cumplimiento de normas, instrucciones y recomendaciones obligatorias del proceso administrativo.
  • Articulación con otras áreas del organismo para optimizar las respuestas brindadas al público.
  • Recepción y control de expedientes, expedientillos, memos electrónicos, notas, oficios judiciales, etc. - en versión digital o en formato papel - generando la respuesta y derivación a la dependencia competente.
  • Análisis, verificación e implementación del instrumento legal para la ejecución vía apremio.
  • Implementación de medidas necesarias para reducir los tiempos en los procesos.
  • Procesamiento - armado del expediente de la rendición mensula de Gastos y Honorarios del Cuerpo de Abogados Municipales.
  • Loteo de juicios entre los procuradores (activos) pertenecientes al Cuerpo de Abogados Municipales.
  • Tareas operativas cotidianas de la oficina: Redacción de actos administrativos, como informes, documentos, notas, memorándum, providencias, cumpliendo con los requisitos de formato y tiempo oportuno.
  • Atención y asesoramiento al ciudadano: Análisis de deuda, simulación de formas de pago y ejecución del cobro judicial - recupero de deuda.
  • Dar respuesta a los requerimientos de los funcionarios de la Secretaria de Economía y Áreas Legales ( Subsecretaria Legal y Técnica y Dirección General de Técnica Jurídica).

ARTICULO 3º) – Establézcanse las siguientes etapas del concurso:

PRESELECCION – ETAPA DE ADMISIBILIDAD

Vencido el plazo de inscripción, la Dirección General de Capital Humano realizará las certificaciones correspondientes de plazo y el resultado de las presentaciones, lo cual formará parte de las presentes actuaciones y la Secretaría de Economia emitirá un acto administrativo debidamente fundado con la nómina de los inscriptos admitidos al procedimiento de selección, así como la exclusión de aquellos postulantes que no reúnan los requisitos requeridos. La resolución de exclusión será recurrible dentro de los dos (2) días subsiguientes al de la correspondiente notificación. Las impugnaciones se presentarán en la Dirección General de Capital Humano.-

El Señor Intendente resolverá las impugnaciones y su resolución causara estado.

Vencido de plazo para realizar impugnaciones o resueltas las presentadas, el Departamento Administración de Personal elevará un informe detallado del legajo personal de los agentes admitidos el que contendrá los siguientes aspectos: presentismo, sanciones disciplinarias, licencias ordinarias y especiales, reemplazos, y toda información relevante, el que será agregado al expediente del concurso.-

SELECCIÓN – ETAPA DE EVALUACIÓN

Quienes hayan sido preseleccionados en la etapa de admisibilidad, tendrán que realizar los siguientes exámenes en el lugar, y horario que oportunamente les sea notificado por la Dirección General de Capital Humano.-

1) Examen psico - laboral: los agentes preseleccionados deberán someterse a un examen de aptitud psicológica a efectuarse por un profesional en psicología del Servicio de Reconocimientos Médicos a fin de evaluarlos en competencias conductuales y perfil requerido. Se evaluarán las capacidades de compromiso, ética, liderazgo, trabajo en equipo, orientación al ciudadano, tolerancia a la presión, dinamismo, credibilidad técnica, calidad de trabajo, productividad, confidencialidad, modalidad de contacto, responsabilidad y toda otra información que se estime pertinente para juzgar la idoneidad del candidato, resultando de la misma un informe que dicho profesional deberá elevar para la instancia de toma de decisión del jurado.-

2) Entrevista personal: cumplimentada la etapa de examen psicológico, los postulantes serán entrevistados por el jurado que evaluará toda otra información que estime pertinente para juzgar la idoneidad del postulante.-

Finalizadas las entrevistas, el Jurado emitirá un dictamen donde constará el orden de mérito en base a quienes se encuentren en mejores condiciones de cubrir el cargo que se concursa. El dictamen será fundado y por simple mayoría, y en caso de empate el representante del Departamento Ejecutivo de mayor jerarquía tendrá doble voto. El acta será suscripta por los miembros del jurado.-

El dictamen se notificará a todos los agentes participantes de la Entrevista Personal.-

Los postulantes podrán deducir impugnación contra el dictamen del Jurado, dentro de los tres (3) días siguientes al de la publicación, la impugnación solo podrá versar sobre aspectos vinculados a la legitimidad del procedimiento o del acto. La introducción de cuestiones referidas al mérito del dictamen impedirá dar trámite a la impugnación. Previo dictamen del Área Legal de la Municipalidad de Bahía Blanca, el Sr. Intendente Municipal resolverá la impugnación y la resolución que se dicte causara estado.-

Vencido el plazo precedente o resueltas definitivamente las impugnaciones cuando las hubiere, el Sr. Intendente Municipal podrá, mediante resolución fundada, escoger el candidato que considere más apto para el cargo en vista del interés público municipal, teniendo presente el dictamen producido por el Jurado.

Notificado de su designación, el postulante se hará cargo de sus funciones en el plazo que determine el acto administrativo de designación.-

ARTICULO 4º)- El postulante designado para ejercer el cargo de Jefe de División de la Oficina Gestión de Cobros será designado en la función y en la categoría establecida en el Artículo Primero, y tendrá un periodo de prueba de seis (6) meses contados desde su designación. Cumplido ese plazo, y de no mediar informe negativo de desempeño, quedará efectivo en la categoría 02/3B.01, siendo interino en la categoría 02/3B con una carga horaria semanal ampliada de cuarenta (40) horas, para desempeñar la función jerárquica de Jefe de Departamento, correspondiéndole abonar la Bonificación remunerativa por Función Jerárquica del 25% establecida en el Artículo 6° del Decreto Nº1400/2009.-

ARTÍCULO 5º): Designase tres (3) integrantes titulares del Jurado representantes del Departamento Ejecutivo que serán nombrados por la Secretaría de Economía y dos (2) representantes del Sindicato de Trabajadores Municipales. Todos los miembros titulares deberán tener su correspondiente Jurado suplente.-

ARTICULO 6º)- Los miembros del jurado podrán ser recusados con causa por los postulantes. Se correrá traslado de la recusación deducida al miembro del jurado para que en el plazo de un (1) día hábil la conteste por escrito.-

El Sr. Intendente Municipal resolverá el incidente de recusación, dictando el correspondiente acto administrativo que admita o desestime la recusación, que causara estado.-

ARTICULO 7º)- Los miembros del jurado deberán excusarse, al tomar conocimiento de la nómina de concursantes. Las causa de recusación o excusación serán las dispuestas en el Artículo 6° de la Ordenanza General 267/80.-

ARTICULO 8º)- Encomendar a la Dirección General de Capital Humano, la correspondiente publicación del presente llamado a concurso, durante el periodo comprendido entre los días 11 y 12 de agosto de 2022; dándole la difusión correspondiente, mediante los siguientes medios de comunicación:

  • Sitio web del Empleado Municipal.-
  • Publicación en el transparente de la Dirección General de Capital Humano de la Municipalidad de Bahía Blanca, habilitado al efecto, en Alsina 65.-
  • Aviso del llamado a concurso y correspondiente notificación escrita del mismo a todos los agentes.-

ARTÍCULO 9º)- Fijase el período comprendido entre los días 16 al 19 de agosto de 2022 inclusive, como período de inscripción al presente concurso. Para lo cual los interesados en inscribirse deberán dirigirse a la Dirección General de Capital Humano de la Municipalidad de Bahía Blanca, Alsina 65, en el horario de 08:00 a 12:30 horas.-

Para realizar la inscripción los interesados deberán ir unidos de la documentación correspondiente que cumplimente con los requisitos establecidos en el Articulo Segundo.-

ARTICULO 10º)- Cúmplase, publíquese, notifíquese, tomen nota Departamento de Administración de Personal, Dirección General de Capital Humano, demás dependencias municipales que correspondan, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-