Boletines/Lobería
Decreto Nº 1281-22
Lobería, 25/07/2022
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 100/22; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Marcó, ubicada en calle Burgos N° 156 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 18 de julio de 2022;
QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar la asignación de los trabajos realizados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista designado por Decreto Nº 100/22, SR. DIEGO BORELLO, D.N.I. Nº 32.141.376, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Marcó, ubicada en calle Burgos N° 156 de esta ciudad, a partir del 18 de julio de 2022.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Instalación de cloaca en el baño $ 15.620,21
Cloacas en cocina $ 4.763,81
Colocar cámara de inspección $ 10.465,12
Tendido de cañería de cloacas $ 2.511,63
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 33.360,77.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON VEINTISÉIS CENTAVOS ($ 28.690,26.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 4.003,29. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda - 68 Construcción de Viviendas de Interés Social - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO N° 1.281-22