Boletines/Tandil

Ordenanza Nº17686/2022

Ordenanza Nº 17686/2022

Tandil, 28/07/2022

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Fíjase el nuevo cuadro tarifario para el Transporte Público de Pasajeros de nuestra ciudad, de acuerdo a la siguiente escala, la cual tendrá vigencia a partir del 01 de agosto del corriente año, que incluye un UNO POR CIENTO (1%) para el sustento de la red de cobro y gestión de puntos de venta, importe que deberá ser descontado a las Empresas Concesionarias al momento de la percepción de las tarifas vigentes:

A

Boleto Plano

68,34

B

Boleto Nocturno/Alargue

80,65

C

Boleto Obrero

54,67

C1

Boleto Jubilados, Pensionados, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas

54,67

D

Boleto Universitario

54,67

E

Boleto Primario

12,10

F

Boleto Secundario

34,19

G

Alargue Escolar Granja

51,94

H

Combinado Multilíneas

102,52

I

Suburbano Granja

80,75

J

Combinado Secundaria Escuela Granja

88,18

 

 

 

ARTÍCULO 2º: Establécese que el UNO POR CIENTO (1%) para el sustento de la red de cobro y gestión de puntos de venta mencionado en el artículo 1º se efectuará sobre el dinero acreditado en la tarjeta magnética sin quedar incluido el porcentaje equivalente a los subsidios otorgados al usuario por medio del PASE (Programa de Accesibilidad Socio Educativa) y por el PAMPAM (Boleto Jubilados, Pensionados, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas).

ARTÍCULO 3º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.

Registrada bajo el Nº 17686

REF: Asunto Nº 421/2022    Expte. Nº 2022/05228/00

Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)   -  Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)