Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 17686/2022
Tandil, 28/07/2022
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Fíjase el nuevo cuadro tarifario para el Transporte Público de Pasajeros de nuestra ciudad, de acuerdo a la siguiente escala, la cual tendrá vigencia a partir del 01 de agosto del corriente año, que incluye un UNO POR CIENTO (1%) para el sustento de la red de cobro y gestión de puntos de venta, importe que deberá ser descontado a las Empresas Concesionarias al momento de la percepción de las tarifas vigentes:
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A |
Boleto Plano |
68,34 |
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B |
Boleto Nocturno/Alargue |
80,65 |
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C |
Boleto Obrero |
54,67 |
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C1 |
Boleto Jubilados, Pensionados, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas |
54,67 |
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D |
Boleto Universitario |
54,67 |
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E |
Boleto Primario |
12,10 |
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F |
Boleto Secundario |
34,19 |
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G |
Alargue Escolar Granja |
51,94 |
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H |
Combinado Multilíneas |
102,52 |
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I |
Suburbano Granja |
80,75 |
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J |
Combinado Secundaria Escuela Granja |
88,18 |
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ARTÍCULO 2º: Establécese que el UNO POR CIENTO (1%) para el sustento de la red de cobro y gestión de puntos de venta mencionado en el artículo 1º se efectuará sobre el dinero acreditado en la tarjeta magnética sin quedar incluido el porcentaje equivalente a los subsidios otorgados al usuario por medio del PASE (Programa de Accesibilidad Socio Educativa) y por el PAMPAM (Boleto Jubilados, Pensionados, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas).
ARTÍCULO 3º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Registrada bajo el Nº 17686
REF: Asunto Nº 421/2022 Expte. Nº 2022/05228/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)