Boletines/Tandil
Decreto Nº 2641/2022
Tandil, 30/07/2022
Visto
La solicitud de reconocimiento de antigüedad presentada por la Médica María Leonor San Miguel – Legajo 8.489, por el tiempo desempeñado como Residente de Medicina General en Sistema Integrado de Salud Pública del municipio de Tandil.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reconócese el concepto “antigüedad” a la agente Médica María Leonor San Miguel – Legajo 8.489, profesional full time con bloqueo de título al 310 % categoría 11 – 48 semanales de la Planta Permanente, por haberse desempeñado en el Sistema Integrado de Salud Pública del municipio de Tandil como Residente desde el 1° de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2017 y como Jefa de Residentes desde el 1° de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2017; como base para incrementar su antigüedad en relación con el grado escalafonario por un total de cuatro (4) años a partir del 1° de enero de 2022.
Artículo 2°: Reencasíllese a la agente referida como Médica de guardia en la categoría 12 – 48 horas semanales, a partir del 1° de enero de 2022.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 21.00.00 – Salud Comunitaria, 21.04.00 - Salud Comunitaria Administración y Coordinación, Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos de Personal, 1.1.0.0 - Personal Permanente, 1.1.1.0 - Retribuciones del cargo, 1.1.1.3 - Personal Profesional, 1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 - Por Antigüedad, 1.1.3.7 - Honorarios Profesionales, 1.1.5.0 - Otros gastos en personal, 1.1.5.2 - Bloqueo de Título, 1.1.5.7 - Bonificación Especial, 1.1.7.0 – Complementos, 1.1.7.3 – Presentismo Profesionales, del Presupuesto en vigencia.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Dirección de Salud Comunitaria, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia