Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1755/22
General Pueyrredon, 01/08/2022
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Salud, en el marco de la criticidad de la situación sanitaria que atravesaba el Partido de General Pueyrredon por la pandemia, lo que conlleva la implementación de nuevos dispositivos de testeos, solicita la designación del señor Sergio Andrés Invernati, como Administrativo Inicial en el CAPS 9 de julio, en planta permanente y con carácter provisional hasta el cumplimiento del plazo establecido en el artículo 4º de la Ley 14656.
Que por Ordenanza Nº 25393 (Decreto Nº 0657/2022) ha sido aprobado el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2022, para la Administración Central, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para reasignar créditos presupuestarios del inciso Gastos en Personal.
Que por lo expuesto es necesario modificar la planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja y de alta diversos cargos.
Que la Dirección de Presupuesto, con fecha 20 de julio de 2022, eleva el informe correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir del 23 de mayo de 2022:
U.E. 11-01-3-0-1-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 35-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL.
Nº O. C.F. Baja Denominación
21224 2-98-63-26 Psiquiatra II
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir del 23 de mayo de 2022:
U.E. 11-01-1-0-3-08 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – CAPS 9 DE JULIO
Nº O. C.F. Alta Denominación
22727 5-02-67-01 Administrativo Inicial
ARTÍCULO 3º.- Desígnase, a partir del 23 de mayo de 2022, al señor SERGIO ANDRES INVERNATI (Legajo Nº 36.514/1 – CUIL 20-24458991-0), en planta permanente y con carácter provisional, hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como ADMINISTRATIVO INICIAL (C.F. 5-02-67-01– 40 hs. semanales – Nº de Orden 22727), con dependencia del CAPS 9 de julio (U.E. 11-01-1-0-3-08), en horario matutino y/o vespertino.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, al agente mencionado mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir del 23 de mayo de 2022, el Adicional por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, al agente mencionado mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir del 23 de mayo de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-27-000 - Prog. 27-00-00 - Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 5
Para Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 3 – Ap. 1
Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 – Ap. 1
ARTÍCULO 7º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE SALUD y el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
p.m.
BERNABEI BONIFATTI MONTENEGRO