Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº1201/22

Resolución Nº 1201/22

General Pueyrredon, 14/07/2022

Visto

  

la presentación realizada por el señor Jonathan Ezequiel Aguirre, Director del Departamento de Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades, Universidad Nacional de Mar del Plata, y

 

Considerando

 

 CONSIDERANDO

 

Que solicita la Declaración de Interés Cultural de las V Jornadas de Investigadorxs, Grupos y Proyectos en Educación.

 

Que estas Jornadas llevan por nombre: “Tiempos (re)inaugurales en el campo educativo contemporáneo. A propósito de la apertura del Profesorado Universitario en Ciencias de la Educación”.

 

Que las Jornadas son co-organizadas por el Centro de Investigaciones Multidisciplinarias en Educación (CIMED), el Departamento de Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades – Universidad Nacional de Mar del Plata y Ciencias de la Educación HxEP.

 

Que el encuentro se desarrollará desde el 27 al 29 de octubre del corriente año en la sede de la Agremiación Docente Universitaria Marplatense (ADUM).

 

Que se realizarán conferencias y tertulias de especialistas, paneles de grupos y exposiciones de proyectos de investigación; conversatorios simultáneos, ateneos, talleres y presentaciones de libros.

 

Que todas las actividades serán con acceso gratuito.

 

Que respaldar y difundir las V Jornadas de Investigadorxs, Grupos y Proyectos en Educación es fundamental a fin de enriquecer la política cultural del Partido de General Pueyrredon.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son delegadas mediante Decreto 916/20,

 

EL SECRETARIO DE CULTURA

 

R E S U E L V E

ARTICULO 1º: Declarar de Interés Cultural las V Jornadas de Investigadorxs, Grupos y Proyectos en Educación, co-organizadas por el Centro de Investigaciones Multidisciplinarias en Educación (CIMED), el Departamento de Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades – Universidad Nacional de Mar del Plata y Ciencias de la Educación HxEP; que  se desarrollarán desde el 27 al 29 de octubre del corriente año en la sede de la Agremiación Docente Universitaria Marplatense (ADUM).

 

ARTÍCULO 2º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTICULO 3°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.

 

CRB/sam
 

 

 

 

 

 

                                                             BALMACEDA