Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13645/2022
Quilmes, 15/07/2022
VISTO: el Expediente Nº 4091-4261-S-2022;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones
tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.645/2022 en la Sesión Ordinaria realizada el día 12 de Julio del 2022, cuyo texto expresa:
VISTO
El Expediente Nº.4091-4261-S-2022, Ref.: La solicitud de prórroga de la concesión del servicio público de autotransporte colectivo de pasajeros urbano correspondiente a la "LÍNEA 582", a cargo de la Empresa EXPRESO VILLA NUEVA S.A.,y
CONSIDERANDO
Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 5185/65, se procedió a adjudicar a la Empresa Expreso Villa Nueva S.A. el servicio público de autotransporte colectivo de pasajeros correspondiente a la "Línea 582", cuyo recorrido se desarrolla en el ámbito urbano del Distrito.
Que por Ordenanzas Nº 4441/78, Nº 5924/88, Nº 7109/93, Nº 9975/04 y Nº 11885/12 se dispuso la prórroga de la referida concesión por el plazo de diez (1O) años contados a partir del día 29 de junio de 2011, habiendo operado su vencimiento la fecha del 29 de junio de 2021.
Que conforme al Artículo 1° del Decreto Ley Nº 7466/69 "El transporte colectivo de pasajeros que se realiza dentro de los límites territoriales de cada partido de la Provincia de Buenos Aires, es un servicio público de la municipalidad correspondiente y su organización y prestación se regirá por las disposiciones de la presente Ley".
Que de igual manera, estipula la mencionada norma que "Cada municipalidad, en el otorgamiento de concesiones para el establecimiento de nuevas líneas de transporte, y en la modificación de los recorridos existentes, así como en la utilización, ejercicio y fiscalización de los servicios de su competencia aplicará las normas establecidas en el Capítulo VII, Artículos 230º al 239º inclusive, de la Ley Orgánica, Municipal y las disposiciones de la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros de la Provincia de Buenos Aires (Decreto-Ley Nº 16378/57), su reglamentación y modificaciones".
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y modificaciones vigente , establece en su Artículos 52º la facultad del Honorable Concejo Deliberante de disponer la prestación de servicios públicos tendientes a satisfacer necesidades colectivas de carácter local, entré· ellos el de transporte.
Que a continuación, el Artículo 53º dispone que "Por mayoría absoluta del total· de sus miembros el Concejo podrá otorgar concesiones a empresas,privadas para la prestación de servicios públicos, con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo VII".
Que a su vez, el Artículo 231º prevé que "El término de las concesiones no será superior a treinta (30) años. Al vencimiento de este plazo, con acuerdo de /as partes, podrán ser prorrogadas por sucesivos períodos de diez (10) años cuando el contrato original fuera de treinta y de un tercio del tiempo primitivamente convenido cuando la concesión haya sido otorgada por menos de treinta (30) años. La Municipalidad expresará su consentimiento a la prórroga mediante el voto de la mayoría absoluta del Concejo, y nunca antes del año de la fecha de vencimiento de la concesión".
Que por Ley Provincial Nº 7396 se procedió a incorporar como "Artículo Nuevo" del Decreto Ley Nº 16.378/57 (Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros) la disposición que expresa "La explotación de los servicios se otorgará en concesión por el término de diez (1O) años, pudiendo a su vencimiento acordarse prórrogas por uno o más plazos iguales si el Poder Ejecutivo lo estimase conveniente y a cuyos efectos el titular deberá solicitarla con ciento ochenta (180) días de anticipación".
Que habiendo sido notificada fehacientemente la Comuna respecto de la solicitud de renovación cursada por la empresa concesionaria, a través de CD Nº 34311007, resulta oportuno y necesario proceder a la regularización de la concesión oportunamente otorgada en favor de la empresa Expreso Villa Nueva S.A., a partir de la concesión de la presente prórroga.
EL_ HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 13645/2022
ORDENANZA
ARTICULO 1°: PRORRÓGASE por el término de diez (10) años la concesión..................... otorgada por Decreto Nº 5185/65, y prorrogada por Ordenanzas Nº 4441/78, Nº 5924/88, Nº 7109/93, Nº 9975/04 y Nº 11.885/12, a la Empresa EXPRESO VILLA NUEVA S.A., por la prestación del servicio público de autotransporte colectivo de pasajeros correspondiente a la "LÍNEA
582", con efecto a partir del día 29 de junio de 2021, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 230º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58, con modificaciones vigentes, y el Artículo 3° del Decreto Ley Nº 7.466/69.
ARTICULO 2°: APRUÉBASE el recorrido que a continuación se detalla:
RAMAL CARLOS PELLEGRINI.
SALIDA: Río Negro y Laguarda, Derqui, Padre Bruzzone, Pringles, Mendoza, Uriburu, Güiraldes, Zola, Gelly y Obes, Monroe, Primera Junta, Avenida Mitre, Humberto Primo, Avenida Hipólito Yrigoyen, Estación Quilmes, Alberdi, San Martín, Saavedra, Paso Bajo Nivel, San Luis, Gran Canaria, Carlos Pellegrini, Avenida Mosconi, Islas Malvinas, calle 386, Carlos Pellegrini, calle 390, San Luis, Avenida Mosconi, Catamarca, calle 383, La Rioja, calle 389, Catamarca hasta Camino General Belgrano.
REGRESO: Camino General Belgrano, Catamarca, calle 389, La Rioja, Avenida MoscQni, San Luis, calle 390, Carlos Pellegrini, calle 366, Islas Malvinas, Avenida Mosconi, Carlos Pellegrini, A. del Valle, Oliveri, Paso Bajo Nivel,
.Avenida Hipólito Yrigoyen, Estación Quilmes, Rivadavia, Avenida Hipólito Yrigoyen, Garibaldi, Sarmiento, Primera Junta, Monroe, Gelly y Obes, Zolá, Juan Cruz Varela, Uriburu, Mendoza, Pringles, Padre Bruzzone, Derqui, . Laguarda, Terminal Río Negro.
RAMAL: CARLOS PELLEGRINI POR 850.
SALIDA: Río Negro y Laguarda, Derqui, Padre Bruzzone, Pringles, Mendoza, General Paz, Güiraldes, Belgrano, Dorrego, Derqui, Gelly y Obes, Monroe, Primera Junta, Avenida Mitre, Humberto Primo, Avenida Hipólito Yrigoyen, . Estación Quilmes, Alberdi, San Martín, Saavedra, Paso Bajo Nivel, San Luis, Gran Canaria, Carlos Pellegrini, Avenida Calchaquí, General Savio, calle 850, calle 891, calle 844, calle 898, calle 843, . Avenida Juan Domingo Perón, Terminal Estación Solano.
-REGRESO: Estación Solano, calle 845, calle 898, calle 844, calle 891, calle 850, General Savio, Avenida Calchaquí, Carlos Pellegrini, Aristóbulo del Valle Oliveri, Paso Bajo Nivel, Avenida Hipólito. Yrigoyen, Estación Quilmes:
Rivadavia, Avenida Hipólito Yrigoyen, Garibaldi, Sarmiento, Primera Junta, Monroe, Gelly y Obes, borrego, Belgrano, Juan Cruz Varela, General Paz, Mendoza, Pringles, Padre Bruzzone, Derqui, Laguarda, Terminal Río Negro.-
ARTICULO 3°: C,OMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 12 de Julio de 2022.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto:
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.645/2022 sancionada por..................... el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 12 de Julio del 2022.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 2602/2022