Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 0079/22
San Andrés de Giles, 17/03/2022
Visto
La presentación formulada por el convecino Marcelo Cino , dando origen a la formación del expediente Nº 4101-13237 -0-2022; y
Considerando
Que plantea la posibilidad de obtener la autorización correspondiente para proceder a la extracción de dos (2) árboles existentes en la vereda de su domicilio ,sito en calle San Martín y Carlos Pellegrini , de nuestra ciudad
Que manifiesta el vecino que las extensas raíces de los ejemplares arbóreos han provocado serias roturas en los cimientos del inmueble y en la vereda, siendo necesario la reconstrucción de la misma y para ello debería extraer los dos árboloes;
Que se ha dado vista al Área de Medio Ambiente dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que ha intervenido a través del Ingeniero Agrónomo Juan Ignacio Martinelli , del área mencionada , manifestando que la petición del convecino no se encuadraría en ninguno de los casos del artículo 10º de la Ordenanza Nº 1635 y ,por lo tanto estima que es aconsejable autorizar y recomendar poda de raíces y ramas aéreas de los ejemplares
Que en virtud de la situación actual y del relevamiento de datos realizado, teniendo en cuenta las consideraciones expresadas precedentemente , se estima procedente autorizar la poda de raíces y de las ramas aéreas de ambos ejemplares ;
Por todo lo expresado, el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades legales que le son propias:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar al convecino Marcelo Cino (DNI Nº 10.670.828) para que a su exclusivo cargo y costo y bajo la supervisión del área de Medio Ambiente dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios de la Municipalidad; realice la poda racional de raíces y ramas aéreas de dos (2) ejemplares arbóreos existentes en la vereda del domicilio de su propiedad sito en calle San Martín y Carlos Pellegrini de de nuestra ciudad.
ARTICULO 2º: Registrar, Comunicar al convecino a través del área de Medio Ambiente, indicándole que deberá proceder de inmediato a la reposición de los ejemplares extraídos , reemplazándolos por otro de la variedad que mejor se adapte al sitio , dar vista a la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana y a las áreas correspondientes y archivar.