Boletines/San Andrés de Giles

Resolución Nº0069/22

Resolución Nº 0069/22

San Andrés de Giles, 04/03/2022

Visto

El decreto ley 8912, el Código de Planeamiento Urbano (Ordenanza N° 1103/2006), y el Decreto N° 1564/07,  y

 

Considerando

Que el Código de Planeamiento, en la Sección Segunda, regula lo relativo a los certificados de uso conforme, fijando los lineamientos generales.

Que el Decreto N° 1564/07 y su modificatorio Nº 831/08 autorizan a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a incorporar al Catastro Municipal, aquellas construcciones oportunamente no declaradas y que no cumplen con las disposiciones que rigen la materia, pero que –conforme la inspección de obra realizada en cada caso-  no transgredan normas de seguridad, ni registren conflictos con vecinos y/o terceros.

Que la referida incorporación implica una mera registración a los efectos de ingresar los datos edificatorios en ellos volcados, con el objeto de que obren en el registro municipal.

Que bajo el expediente N° 4101-11915/21, gira la solicitud de empadronamiento de la construcción  ubicada en la Circ. II, Secc. A, Fracción V Pc. 8 del Partido de San Andrés de Giles  iniciada por Walter Osvaldo Jonte.

Que del acta de inspección nro. 164335 de fecha 27.10.21, surge que la edificación se encuentra edificada de acuerdo al plano presentado como visado. 

Que con fecha 02/02/2022 , se agrega el dictamen de la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Particulares, del cuál surge que la edificación a empadronar invade el retiro reglamentario para la zona.

Que, han sido giradas las presentes actuaciones al Juzgado Municipal de Faltas, habiendo emitido dictamen su titular con fecha 02.03.2022, habiendo sido impuesta una multa al propietario de $ 156.627, quién ha abonado la misma mediante recibo nº 009/62251.

Que conforme la situación descripta corresponde confeccionar el acto administrativo a los efectos de incorporar la obra identificada precedentemente al Catastro Municipal.

Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias

RESUELVE

                                          

 

ARTICULO 1º: Autorizar a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a incorporar al Catastro Municipal, la obra realizada en el inmueble de N.C. Circ.II, Secc. A, Fracción V, Parcela 8, del Partido de San Andrés de Giles  propiedad del Sr. WALTER OSVALDO JONTE  declarada bajo el expediente N° 4101-11915/21, que no cumple con las  normas establecidas en el Código de Planeamiento, con respecto al retiro reglamentario  para la zona.  

ARTICULO 2°: La presente incorporación implica un formal conocimiento de su existencia a los efectos de ingresar los datos edificatorios en ellos volcados, con el objeto de que obren en el registro municipal. No implica aprobación dado que no cumple con la reglamentación precitada que rige para el caso. La incorporación dispuesta no releva al infractor como único causante de los perjuicios a terceros que a consecuencia de ello resulte, y de las consecuencias civiles y penales que pudieran derivar.

ARTICULO 3º: Comunicar a la Oficina de Planeamiento y Obras Particulares, registrar y archivar.