Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1325/22
San Andrés de Giles, 30/03/2022
Visto
La solicitud cursada por las autoridades de la Comision Directiva del Club Social y Deportivo El Frontón de esta localidad, ingresada mediante expediente N° 4101-13381/22, y
Considerando
Que dicha Institución requiere la exención del pago de la Tasa por Servicios Rurales , correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022
Que el inciso f) artículo 222 de la ordenanza fiscal vigente nº 2243 , establece que se
eximirá del pago de dicha Tasa a a los inmuebles de entidades deportivas que no realicen actividades por medio de deportistas profesionales y que no tengan fines de lucro.
Que la Institución, también cumple con los requisitos exigidos por la ordenanza nº 2338/21.
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.Eximir del pago de la Tasa por Servicios Rurales al Club Social y Deportivo El Frontón de esta localidad,, por la siguiente parcela de su propiedad, por los ejercicios fiscales 2021 y 2022, en mérito a lo dispuesto por las ordenanzas nº 2243/19 y 2338/21.:
Partida Municipal Nomenclatura Catastral
Nro. 9608 Circ. II, Secc. C, F. III , Parcela 9
ARTICULO 2do.; Registrar, comunicar a la Entidad peticionante, a la Dirección de Recaudación a la Oficina de Sistemas , publicar y archivar.-