Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1317/22
San Andrés de Giles, 29/03/2022
Visto
Que el Secretario de Salud, Dr. Daniel Oscar Rossi , se encuentra en uso de un período de su licencia anual por vacaciones entre los días 28 de marzo de 2022 al día 3 inclusive de abril del mismo año, y
Considerando
Que durante su ausencia deberá designarse a un funcionario del Departamento Ejecutivo el uso de firma para el Despacho de las actuaciones a cargo de la Secretaría de Salud, asignarle las responsabilidades propias de la función y las establecidas en el artículo 7º del Decreto Nº 0069/2022 y dar curso a aquellos diligenciamientos que se encuentren en trámite en el ámbito de dicha Secretaría, que así lo requieran.
Que dicha responsabilidad será ejercida por el señor Intendente Municipal Interino don Miguel Angel Gesualdi
Por todo lo expresado el Intendente Municipal Interino en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Entre los días 28 de marzo de 2022 al día 3 inclusive de abril del mismo año, el uso de firma para el despacho de las actuaciones a cargo de la Secretaría de Salud, estará a cargo señor Intendente Municipal Interino , don Miguel Angel Gesualdi, como asimismo el mencionado funcionario, dará curso a aquellas actuaciones que se encuentren en trámite en dicha Secretaría con motivo de la licencia por descanso anual del señor Secretario de Salud , Dr. Daniel Oscar Rossi
ARTICULO 2º: Durante el período indicado en el artículo precedente y por los motivos explicitados en el exordio, la Responsabilidad que establece el Decreto Nº 0069/2022 –artículo 7º- respecto del dictado y la Observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las Disposiciones del Decreto Provincial 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos que se adjuntan en la norma como anexos, de la Jurisdicción Departamento Ejecutivo, Sub-Jurisdicción y Unidad Ejecutora Secretaria de Salud al señor Intendente Municipal Interino Miguel Angel Gesualdi , sin que ello implique modificación ni alteración alguna de lo establecido en el artículo 1º del decreto mencionado .
ARTICULO 3º : Lo establecido en el artículo precedente no altera ni modifica lo dispuesto en el artículo 2º del acto administrativo indicado en el artículo precedente
ARTICULO 4º:Regístrese, Comuníquese y archívese.