Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1267/22

Decreto Nº 1267/22

San Andrés de Giles, 17/03/2022

Visto

El expediente administrativo Municipal Nº  4101-13119 -0- 2022,  originado a raíz de lo solicitado por las autoridades de la Asociación  Cooperadora de  la Escuela .Primaria  Nº 1 “  de la Ciudad de San Andrés de Giles,  partido de San Andrés de Giles- referente a la posibilidad de recibir de la Municipalidad  , Dos (2)soportes para bafles; Un (1)Bafle Pasivo; Un (1) Bafle activo potenciado , Un set de dos micrófonos inalámbricos  y Un (1) cable Speakon de 10 metros con fichas; y

Considerando

Que  los elementos mencionados serán utilizados para  fortalecer el proceso de enseñanza y aprendizaje de los concurrentes                   

Que la entidad peticionante  ejerce su labor fomentando el funcionamiento de la referida Institución Educativa a la que asisten 506 alumnos ;                        

Que fundamentan su pedido en la necesidad de dotar al  establecimiento de elementos que permita  brindar a los alumnos que allí concurren, los elementos necesarios para facilitar el proceso de aprendizaje

Que es intención del Departamento Ejecutivo acudir en apoyo de aquellas instituciones que ejercen su accionar en bien de la Comunidad, fomentando la optimización  de la educación .

Por ello el Intendente Municipal Interino   uso de las facultades legales que le son propias :

D   E   C   R   E   T   A

 

ARTICULO 1º:  Otorgar a la Asociación  Cooperadora de  la Escuela Primaria  Nº  1 de la ciudad de San Andrés de Giles,    partido del   mismo nombre , ayuda económica mediante la adquisición por parte del Municipio y  su posterior transferencia a la Institución mencionada  de Dos (2)soportes para bafles; Un (1)Bafle Pasivo; Un (1) Bafle activo potenciado , Un set de dos micrófonos inalámbricos  y Un (1) cable Speakon de 10 metros con fichas, destinado a  fortalecer el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos concurrentes  al mencionado establecimiento educativo.                 

   

ARTICULO 2º: Encomendar a las áreas de Compras y Contaduría a efectuar todos los gastos y registraciones que resulten necesarios para cumplimentar lo establecido en el artículo precedente.

 

ARTICULO 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, serán imputados en la siguiente cuenta del Presupuesto de Gastos vigente :

Fuente de Financiamiento                   132             De origen provincial      

Jurisdicción                            1110100000            Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                       1110117000           Secretaría de Economía y Finanzas            

Categoría Programática                                  18         Contribución a la Educación.

Actividad                                            01        Brindar Contribuciones a la Educación.

Inciso                                                          5        Transferencias    

Partida Principal                                 2                 Transferencias al Sector Privado para financiar gastos de capital.

Partida Parcial                                  2                 Transferencias a  Instituciones de Enseñanza.      

ARTICULO  4º : Registrar, Publicar y Archivar.