Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1135/22

Decreto Nº 1135/22

San Andrés de Giles, 10/03/2022

Visto

Lo solicitado por el Sr. Ricci, German,  a través de su presentación registrada en la Mesa de Entradas el día 09 de Marzo  del año 2022, dando origen al expediente Nº 4101-13231/2022, y

Considerando

Que peticiona la correspondiente autorización para la explotación del servicio de taxi en el Partido de San Andrés de Giles, con el automóvil de su propiedad.

 

Que solicita le sea adjudicado el permiso para situarse en las paradas ubicadas en la Terminal de Ómnibus y el Hospital de San Andrés, de nuestra Ciudad, determinada por ordenanza Nº 1711/13 modificatoria del art. 10 de la Ordenanza 2138/18.

 

Que el peticionante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos por la ordenanza municipal Nº 1711/13, habiendo agregado al expediente referido en el  visto del presente, la documentación requerida en dicha norma.

 

Que la parada que pretende el recurrente para ejercer dicha explotación, se encuentra disponible.

 

Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, ordenanzas municipales Nº 1711/13.

DECRETA

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Ricci, German, a ejercer la explotación del servicio público de automóvil de alquiler, afectando para ello el vehículo de su propiedad cuyos datos identificatorios son los siguientes, y cuya titularidad se halla acreditada:

Tipo: AUTOMÓVIL, Marca: Renault, Modelo: 3S- Logan PH2 Zen 1.6, Año: 2021, Tipo: 12-  SEDAN 4 PUERTAS, Dominio: AF126VT.

 

ARTICULO 2º: Adjudicase al Sr. Ricci, German, el permiso para situarse en las paradas ubicadas en la Terminal de Ómnibus y el Hospital de San Andrés explotación del servicio indicado en el artículo precedente, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza municipal Nº 1711/13, modificada en al art 10 por la Ordenanza 2138/18.

 

ARTICULO 3º: La licencia para la referida explotación tendrá una vigencia de un (1) año a partir de la fecha de sanción de la presente, deberá ser renovada de acuerdo a la ordenanza municipal Nº 1711/13.

 

ARTICULO 4º: La presente habilitación corresponde al Nº 008 del Registro General de Taxis de está Municipalidad.

 

ARTICULO 5º: Comuníquese a quién corresponda, regístrese y archívese.