Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1126/22

Decreto Nº 1126/22

San Andrés de Giles, 09/03/2022

Visto

Las actuaciones contenidas en el Expediente Administrativo Municipal Nº 13.236-0-2022,y

Considerando

Que el fenómeno meteorológico de gran intensidad y que los expertos definen  como “ cola de tornado” , y que consiste en una rotación de fuertes vientos , provocada por altas temperaturas y alta presión atmosférica, que se manifiesta por sectores, franjas o mangas, ocasionando destrozos,

 Que el meteoro ha provocado a su paso, daños que no registran antecedentes en nuestro medios, tales como voladura íntegra de techos, destrucción de molinos de viento para provisión de agua, destrucción de galpones de aves, pérdidas parciales y totales de viviendas,  producciones agrícolas, anegamientos, desprendimiento de mampostería,  y caída de una innumerable cantidad de árboles y columnas  de sostenimiento de cableado de servicios públicos , tanto en la zona urbana como en la zona rural.

Que las familias afectadas  por haber sufrido daños parciales y en muchos casos totales ,padecen de una difícil situación económica y social, que es necesario solucionar a la mayor brevedad.                              

Que, para reparar este panorama desbastador, surge necesario adoptar medidas de emergencia, como la asistencia inmediata mediante la entrega de materiales de construcción y demás elementos que permitan cubrir las necesidades y posibilitar su reingreso a sus hogares a la mayor brevedad.

 Que es obligación de la autoridad municipal, brindar una solución rápida y efectiva a los damnificados por este fenómeno meteorológico, repentino e imprevisible y normalizar la difícil situación.

 Que el artículo 119, Inciso b)  de la Ley Orgánica de las Municipalidades, faculta al Departamento Ejecutivo a realizar gastos aún cuando el concepto de ellos no esté previsto en el Presupuesto General o excedan el monto de las partidas autorizadas, en casos de epidemia, inundaciones y otros acontecimientos imprevistos que hagan indispensables la acción inmediata de la Municipalidad.

Que han intervenido en las actuaciones del mentado expediente , el señor Secretario de Economía y Finanzas y la señora Contadora Municipal Interina

Por ello, el intendente Municipal  Interino en uso de las atribuciones que le son propias

D  E  C  R  E  T  A

 

 

ARTICULO 1º: Autorizar  a las  Áreas Contables de la Municipalidad  – de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 inciso b) de la Ley Orgánica Municipal- y en mérito a lo establecido en el artículo 156 de la misma norma, a arbitrar los procedimientos correspondientes para efectuar la compra de forma directa de los materiales y elementos necesarios para brindar asistencia material  a las familias  damnificadas por el fenómeno meteorológico que azotó el partido de San Andrés de Giles, en la madrugada del 7 de marzo del año en curso recientemente pasado.

ARTICULO 2º:  Los gastos emergentes del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán imputados en la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos en Vigencia:

Fuente de Financiamiento      110 Tesoro Municipal

Jurisdicción 110100000         Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                      Secretaria de Desarrollo  Humano y Acción Social

Programa 63                           Promoción, Desarrollo y Asistencia  Social

Actividad 01                          Actividades de  Promoción, Desarrollo y Asistencia  Social

Inciso          5                           Transferencia

P.Principal 1                           Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corrientes

Partida  Parcial 4                    Ayuda Social  a Personas                 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese a las áreas municipales correspondientes, regístrese y archívese.