Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1120/22
San Andrés de Giles, 04/03/2022
Visto
La solicitud cursada por las autoridades de la Asociación Italiana Porvenir de Italia San Andrés de Giles , que fuera registrada en la Mesa de Entradas de la Municipalidad bajo el Nº 4101-12945/22 ; y
Considerando
Que dicha Institución requiere la exención del pago de la Tasa por Servicios Urbanos , correspondiente al ejercicio 2022.
Que la ordenanza fiscal vigente, en su artículo 92 inciso 3) apartado d) , establece que se eximirá del pago de dicha Tasa a los inmuebles propiedad de las Entidades que se encuentren inscriptas en el Registro de Entidades de bien público, requisito que cumple la Institución peticionante, encontrándose inscripta bajo el nº E-8.
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.Eximir del pago de la Tasa por Servicios Urbanos a la Asociación Italiana Provenir de Italia de San Andrés de Giles , por la siguiente parcela de su propiedad, por el ejercicio 2022:
Partida Municipal Nomenclatura Catastral
Nro. 23566 Circ. I, Secc. A, Mz. 80, Parcela 1C.
Nro. 23565 Circ. I, Secc. A, Mz. 80, Parcela 6.
ARTICULO 2do.; Registrar, Comunicar a la Entidad peticionante, a la Dirección de Recaudación a la Oficina de Sistemas , publicar y archivar.