Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1119/22

Decreto Nº 1119/22

San Andrés de Giles, 04/03/2022

Visto

 La solicitud cursada por las autoridades de la Iglesia Evangelista Cruzada de Dios de esta localidad, que fuera registrada en la Mesa de Entradas de la Municipalidad bajo el  Nº 4101-13081/22; y

Considerando

 Que la dicha Institución  requiere la exención del pago de la Tasa por Servicios Urbanos , correspondiente al ejercicio 2022.

Que el beneficio requerido, se encuentra contemplado en lo dispuesto en el artículo 222 inciso d) de la ordenanza nº 2243/19, donde se exime del pago de la tasa aludida, a los inmuebles de instituciones religiosas reconocidas, por el ejercicio en el que se dicte la medida.

Que se han expedido en las presentes actuaciones, la Sra. Directora de Recaudación y el Sr. Asesor Letrado, ambos de manera favrable.

             Por ello, el Intendente Municipal Interino , en uso de las atribuciones que le son propias

                                        D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1ro.Eximir del pago de la Tasa por Servicios Urbanos a la Iglesia Evangelista Cruzada de Dios, de esta localidad, por las siguiente parcela de su propiedad, por ellos ejercicio 2022 inclusive:

Partida Municipal                                           Nomenclatura Catastral

Nro. 9949                                                      Circ. I, Secc. B, Mz. 157, Parcela 10

ARTICULO 2do.; Registrar, Comunicar a la Entidad peticionante, a la Dirección de Recaudación a la  Oficina de Sistemas , publicar  y  archivar.-