Boletines/Chascomús

Decreto Nº711/22

Decreto Nº 711/22

Chascomús, 29/07/2022

LICENCIA SIN GOCE DE HABERES

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-159146/M caratulado: “Solicitud de Licencia sin goce de sueldo”, iniciado por la agente GIRADO, Mayra Gisella; y

Considerando

Que mediante nota adjunta a fs. 2 de las presentes actuaciones, la agente Municipal Mayra Gisella Girado (Legajo Nº 8799), solicita se le conceda licencia especial sin goce de haberes –por motivos personales- por el término de seis (6) meses.

Que la Ley 14.656, establece en el art. 96 que: “Por causas no previstas en esta Ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”

Así, el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art. 46 de la Ley 11.757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art. 46 Ley 11.757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que la licencia peticionada contempla el período entre los días 01/08/2022 y 30/11/2022 inclusive, debiendo el agente volver a su puesto de trabajo el día 01/12/2022.-

Que dicha agente se desempeña en la Secretaria de Planificación y Turismo.

Que con las constancias obrantes esta Asesoría Legal dictaminó que queda a criterio del Señor Secretario de Gobierno el rechazo o la concesión de la licencia especial sin goce de haberes en los términos del artículo 96 de la Ley Nº 14.656, peticionada por la agente, durante el período comprendido entre el 01/08/2022 y el 30/11/2022 inclusive.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Autorícese licencia a la agente GIRADO, Mayra Gisella, Legajo Nº 8799, DNI: 35.407.929, de conformidad con lo prescripto por el art. 96 de la Ley 14.656, desde el 01.08.2022 hasta el 30.11.2022, quien desempeña sus tareas en la Secretaria de Planificación y Turismo.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Capital Humano, Liquidaciones y agente.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-