Boletines/Chascomús
Decreto Nº 702/22
Chascomús, 27/07/2022
ADICIONAL OBRA ETAPA 1 BICISENDA COSTANERA
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-155358/M Alcance 7 caratulado “Adicional de obra – Etapa 1 Bicisenda Costanera Club Pesca y Náutica hasta la Bajadita y Club de Regatas hasta el Monolito”; y
Considerando
Que a través del expediente principal, desde la Secretaría de Obras y Servicios Sanitarios, se tramitó la ejecución de la obra de “Proyecto Bicisendas – Etapa I Costanera: Tramos Club Pesca y Náutica – Bajadita y Club de Regatas - Monolito”.
Que la misma fue adjudicada a la firma GyC CONSTRUCCIONES SA, mediante la Licitación Pública Nº 17/21.
Que conforme surge de la Memoria Descriptiva agregada al expediente administrativo referido ha surgido la necesidad de generar una salida al agua que se acumula sobre la banquina de la costanera, lado del Parque de los Libres del Sur, en la zona aledaña a la plazoleta Bramuglia, la que ya se encuentra imposibilitada de escurrir por la diferencia de nivel existente.
Que para evitar roturas posteriores a la terminación de la obra resulta necesario la construcción de un sumidero que permita el escurrimiento del agua de lluvia.
Que el valor de las tareas y materiales necesarios asciende a la suma de Pesos Ochocientos Cincuenta y Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Nueve con 88/100 ($854.549,88).
Que habiéndose celebrado el contrato por la suma de Pesos Treinta y Tres Millones Seiscientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Setenta y Nueve con 05/100 ($33.678.979,05) el valor de las tareas adicionales representa 2,54% del importe contratado.
Que la ampliación requerida se encuentra prevista dentro de la disposición del artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades que permite al Departamento Ejecutivo disponer aumentos, reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista.
Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá el D.E. autorizar el adicional de obra consistente en la construcción de un sumidero que permita el escurrimiento del agua de lluvia que se acumula en el Parque de los Libres del Sur, en la zona aledaña a la plazoleta Bramuglia, de conformidad con lo prescripto por el art. 146 de la LOM, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese un adicional de obra por la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 88/100 ($854.549,88) para la ejecución de los trabajos indicados en el exordio a la firma GyC CONSTRUCCIONES SA.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 44.95.00 – Construcción Bicisenda Costanera Etapa 1, Partida 4.2.2.0, Fuente 110 – Tesoro Municipal.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras Públicas y Servicios Sanitarios, Contaduría, Tesorería, Dirección de Presupuesto y a GyC CONSTRUCCIONES S.A..-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Sanitarios (Jorge Marino) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-